Cerrar panel

Cerrar panel

Cerrar panel

Cerrar panel

Economía 19 dic 2017

La moneda de color que conmemorará el 50 cumpleaños del rey Felipe VI

moneda-felipe-vi-50-aniversario-bbva

La moneda, acuñada en plata de 925 milésimas y cobre, tendrá un diámetro de 33 milímetros y un peso de 18 gramos, y se emitirá durante el primer trimestre de 2018. La principal novedad de esta nueva acuñación será la incorporación de colores.

Algo que sucederá por primera vez y que se podrá ver en el reverso, lugar en el que se reproducirá el escudo en color del Rey Felipe y, a la izquierda, figurará una corona real, la cifra 50 y el numeral 18. Se utilizarán los colores dorado, rojo, azul, verde y púrpura para teñir las distintas partes del escudo.

Una pieza de colección que se pondrá a la venta por su valor facial (30 euros) y portará en una cara el perfil del monarca español y en la otra, el citado escudo a color. Hay previsto acuñar un millón de ejemplares de la moneda, aunque esta cifra podrá elevarse o reducirse en función de la demanda.

La moneda, al detalle

En el anverso de esta nueva moneda de colección se podrá ver la efigie del Rey Felipe VI, con la leyenda 'Felipe VI Rey de España' en mayúsculas y el año de acuñación (2018). Justo en el borde, y rodeando a las grafías, habrá una gráfila de perlas.

En el reverso de la moneda se reproducirá el escudo en color del Rey Felipe y justo a su izquierda aparecerá el valor de la pieza (30 euros) y en la parte inferior, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda '50 aniversario de S.M. El Rey'. En este lado también habrá gráfila de perlas rodeando todo.

¿Dónde se pueden conseguir?

Las monedas, acuñadas por cuenta del Estado, serán entregadas al Banco de España para que las ponga a disposición del público. Para ello se contará con la colaboración de las entidades de crédito, que podrán formular sus peticiones ante la FNMT. Las oficinas de BBVA pondrán a disposición de los clientes, que así lo soliciten, la moneda conmemorativa del 50 aniversario de S.M. El Rey Felipe VI.