Cronograma fiscal para empresas en Perú en 2026: fechas y obligaciones
El cronograma fiscal para empresas en Perú en 2026 fija las fechas de declaración y pago de impuestos según el último dígito del RUC. Incluye obligaciones como IGV, pagos del Impuesto a la Renta, PLAME, retenciones y el uso del SIRE, cuyo cumplimiento evita multas y sanciones.
Año con año, las empresas peruanas tienen que ponerse al día en el pago de sus responsabilidades tributarias. Así que estar al tanto del cronograma fiscal es una tarea importante para evitar vencimientos y multas ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Desde la Universidad Pontificia Católica del Perú se afirma que el cumplimiento tributario es una obligación legal y un pilar de la salud financiera de cualquier unidad económica, desde las microempresas hasta las grandes corporaciones.
Asimismo, durante el último ejercicio fiscal, la Sunat ha enfatizado la importancia de la digitalización para facilitar estos procesos, aunque el rigor en las fechas de vencimiento se mantiene como una constante inamovible. “Declara y paga tus tributos desde el primer día hábil del mes correspondiente. No esperes la fecha de vencimiento para cumplir con tus obligaciones”, recomiendan desde la Sunat.
Obligaciones tributarias mensuales que deben declarar las empresas
Bajo el régimen general, MYPE tributario o especial, las empresas deben reportar y pagar principalmente:
- Impuesto General a las Ventas (IGV): grava el valor agregado en cada etapa de la cadena de comercialización (tasa del 18%).
- Impuesto a la Renta (Pagos a cuenta): adelantos mensuales del impuesto anual basados en los ingresos netos.
- Planilla Electrónica (PLAME): incluye los aportes a EsSalud, las retenciones del Sistema Nacional de Pensiones (ONP) y del Sistema Privado de Pensiones (AFP) y el Impuesto a la Quinta Categoría de los trabajadores.
- Retenciones y Percepciones: si la empresa ha sido designada como agente por la Sunat.
Cómo funciona el cronograma fiscal según el último dígito del RUC
El calendario de obligaciones mensuales en el Perú se rige estrictamente por el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC). Este sistema permite que la carga administrativa de la Sunat se distribuya a lo largo de dos semanas, evitando la saturación de los servidores durante los procesos de declaración y pago.
Este cronograma se aprueba anualmente mediante resolución de la Superintendencia. Para el ejercicio 2026, la estructura mantiene la lógica de asignar un día hábil específico a cada dígito, comenzando, generalmente, a mediados del mes siguiente al del periodo tributario.
Una excepción fundamental son los Buenos Contribuyentes y las Unidades Ejecutoras del Sector Público (UESP), quienes gozan de una fecha extendida única tras los últimos dígitos del RUC.
Dicho ordenamiento es el pilar para el uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE). Al escalonar los vencimientos, la Sunat garantiza que la generación masiva de registros de compras y ventas no comprometa la estabilidad de su plataforma virtual.
Como se destaca en las actualizaciones normativas, el SIRE reemplaza a los libros electrónicos anteriores. Su implementación obliga a las empresas a:
- Validar la propuesta de la Sunat: El sistema propone los registros de compras y ventas basados en los comprobantes electrónicos emitidos.
- Ajustes inmediatos: Cualquier discrepancia debe corregirse antes de la fecha de vencimiento, según el RUC, para evitar inconsistencias que desencadenen auditorías preventivas.
Este ordenamiento fiscal no es solo una lista de fechas, sino una hoja de ruta para la sostenibilidad. El incumplimiento no solo acarrea multas (que pueden superar el 50% de la UIT según la infracción), sino que también afecta el historial crediticio y la reputación comercial de la empresa.
Cronograma mensual referencial para empresas en Perú en 2026
Basados en la normativa para el periodo fiscal 2026, los vencimientos mensuales siguen esta secuencia de días hábiles correlativos (tomando como ejemplo un mes promedio):
| Último dígito del RUC | Fecha límite aproximada (Día del mes siguiente) |
|---|---|
| 0 | Día 14 o 15 |
| 1 | Día 16 |
| 2 y 3 | Día 17 o 18 |
| 4 y 5 | Día 19 o 20 |
| 6 y 7 | Día 21 |
| 8 y 9 | Día 22 |
| Buenos Contribuyentes y UESP | Hasta el día 25 o 26 |
Qué consecuencias tiene no cumplir el cronograma fiscal
No respetar estas fechas conlleva un riesgo innecesario para el capital de trabajo de las empresas. Las sanciones más comunes incluyen:
- Multas pecuniarias: calculadas con base en la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.
- Intereses moratorios: una tasa diaria que se aplica al tributo no pagado, lo que incrementa la deuda con cada día de retraso.
- Restricciones operativas: problemas para emitir comprobantes de pago electrónicos o dificultades en los procesos de licitación con el Estado.
- Para este cierre de 2025, es vital que los contadores y dueños de negocio revisen sus buzones electrónicos de SOL, donde la Sunat suele enviar recordatorios preventivos antes de que el cronómetro llegue a cero.
Impuestos anuales que deben declarar las empresas en Perú
Más allá de las obligaciones mensuales, el cierre del ejercicio fiscal constituye el momento definitivo de rendición de cuentas ante el Estado. Para las empresas peruanas, este proceso implica una liquidación financiera y una auditoría interna que valida la rentabilidad y la transparencia de su gestión durante los 12 meses anteriores.
El pilar de esta etapa es el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, un tributo que grava la utilidad neta de las empresas con tasas que dependen del volumen de sus ingresos. Mientras que las empresas en el Régimen MYPE Tributario (RMT) gozan de un beneficio progresivo, pagando apenas un 10% sobre sus primeras 15 UIT de ganancia, aquellas en el Régimen General o que superan dicho tope deben aplicar una tasa del 29,5%.
Este cálculo anual es fundamental, pues permite regularizar los pagos a cuenta realizados mes a mes. Si estos adelantos exceden el impuesto calculado, la empresa genera un saldo a favor. Si son menores, debe abonar la diferencia en las fechas previstas en el cronograma. Para complementar esta carga, las empresas con una infraestructura sólida deben cumplir con el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN).
Esta obligación recae sobre aquellas entidades cuyos activos declarados al cierre del año anterior superen el millón de soles, aplicándose una tasa del 0,4% sobre el excedente de dicho monto. Aunque representa un desembolso adicional de liquidez, el ITAN se rige legalmente como un crédito que puede compensarse contra el Impuesto a la Renta del ejercicio, lo que ayuda a mitigar su impacto financiero. Ambos impuestos, gestionados bajo el cronograma de la Sunat, que suele iniciar en marzo para las grandes empresas y extenderse hasta junio para las MYPEs, definen la solvencia y el buen historial tributario del negocio.
Cronograma anual de obligaciones fiscales según el RUC
| Último dígito del RUC | Vencimiento (Régimen General) | Vencimiento (MYPE Tributario / Personas Naturales) |
|---|---|---|
| 0 | Última semana de marzo | Última semana de mayo |
| 1 | Última semana de marzo | Última semana de mayo |
| 2 y 3 | Primera semana de abril | Primera semana de junio |
| 4 y 5 | Primera semana de abril | Primera semana de junio |
| 6 y 7 | Segunda semana de abril | Segunda semana de junio |
| 8 y 9 | Segunda semana de abril | Segunda semana de junio |
| Buenos Contribuyentes | Tercera semana de abril | Tercera semana de junio |
“Si la fecha cae en sábado, domingo o feriado, el vencimiento se traslada automáticamente al día hábil siguiente”, indican desde la Universidad Pontificia Católica del Perú. Además, añade que no es necesario esperar hasta el último día para cumplir con las obligaciones fiscales.