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¿Qué es un pagaré? Tipos y ejemplos

El pagaré de cuenta corriente consiste en la promesa de abonar una cantidad determinada a su legítimo tenedor en una fecha futura, son emitidos por el titular de la cuenta utilizando talonarios facilitados por el banco y tienen un marcado carácter de vía de financiación.

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Los pagarés son poco habituales en las relaciones entre particulares y, por ello, muchas veces desconocidos. En cierto sentido, se parecen a los cheques pero tienen un marcado carácter de vía de financiación. Este tipo de documento, que tiene  carácter legal, está regulado por la Ley Cambiaria y del Cheque 19/1985.

Características de un pagaré

  1. Consiste en la promesa de abonar una cantidad determinada a su legítimo tenedor en una fecha futura. Aquí no encontramos con la primera diferencia respecto al cheque, que debe hacerse efectivo desde su emisión; el pagaré, en cambio, tiene una fecha a partir de la cual puede hacerse efectivo su cobro.
  2. Al igual que el cheque, es un titulo valor que tiene aparejada una acción ejecutiva – esto es, que ante la falta de pago se puede acudir directamente a la ejecución del efecto, sin pasar por un procedimiento declarativo previo.
  3. El titular de la cuenta podrá ordenar la devolución del pagaré sin las limitaciones que tiene el cheque y la entidad no está obligada a un pago parcial.
  4. El pagaré permite al que lo emite establecer una fecha futura de pago y, al que lo recibe, descontar su importe en su entidad bancaria antes de su vencimiento. Por ello, es adecuado para el tráfico mercantil y poco habitual entre particulares.
  5. Autonomía y literalidad: en este documento han de aparecer las cantidades concretas que se abonarán a futuro, así como el método a través del cual se efectúe. En cuanto al beneficiario, este puede variar o no ser siempre el mismo, ya que el receptor podría cambiar y tener ese mismo derecho al pago.

Requisitos para rellenar un pagaré

El texto debe estar completamente redactado en el mismo idioma, incluso si el beneficiario y el firmante provienen de distintos países. Estos son los pasos indispensables para saber cómo rellenar un pagaré:

  • Debemos especificar la fecha de vencimiento del pagaré.
  • También se requiere indicar el lugar donde se llevará a cabo el proceso de pago.
  • Los detalles de la persona que recibirá el pago deben estar reflejados.
  • La fecha y el lugar de emisión del pagaré deben ser mencionados.
  • La firma de la persona que emite el pagaré y que se compromete a efectuar el pago es esencial.
  • La cantidad exacta del dinero a pagar debe estar claramente indicada.
  • Es imperativo incluir la denominación del pagaré en el título del mismo.

Buena práctica bancaria

El Servicio de Reclamaciones considera que en los documentos de entrega debe recogerse:

  • Tipo de efecto que se entrega: cheque, pagaré o letra.
  • Tipo de gestión que se encomienda y comisiones que podrán aplicarse.
  • Posibilidad de devolución, consecuencias y plazo razonable.

El Servicio de Reclamaciones insiste en la obligación de las entidades de advertir a sus clientes sobre la posibilidad de existencia de comisiones derivadas de la devolución del documento y de proporcionar información suficiente sobre las consecuencias económicas. Las comisiones bancarias que se derivan del ingreso y gestión de cobro de un pagaré son las mismas que las de los cheques.

Como en los pagarés puede establecerse una fecha de pago futura hasta la que no podrá hacerse efectivo, es habitual que se “descuenten”, lo que significa que nuestra entidad puede adelantarnos el importe del mismo antes de su vencimiento; esta operación también genera una comisión. Si posteriormente se produce la devolución del efecto, nuestra entidad retirará los fondos adelantados y cobrará la comisión por devolución.

Tipos de pagarés

Existen diferentes ejemplos de pagarés según el emisor, la forma de pago o el momento del pago.

Según el emisor:

  • Pagaré emitido por entidad bancaria. Estos pagarés son proporcionados por el banco en forma de talonario. La institución bancaria imprime los pagarés y los entrega al solicitante.
  • Pagaré corporativo o de empresa. En esta situación, una empresa emite el pagaré y establece requisitos que el receptor debe cumplir para poder beneficiarse del pago.

Según la forma de pago:

  • Pagaré para depósito en cuenta. Cuando se incluye la mención "depósito en cuenta", el pago solo puede realizarse mediante depósito en una cuenta bancaria.
  • Pagaré con cruzamiento. Este tipo de pagaré lleva dos líneas paralelas que atraviesan el documento, similar a un cheque cruzado y con las mismas condiciones. El cruzamiento en un pagaré indica que el cobro debe efectuarse mediante depósito en una cuenta bancaria y no en efectivo.

Según el momento de pago:

  • Pagaré al momento. Se liquidan en el instante en que se presentan para el cobro.
  • Pagaré con fecha fija. En el pagaré se establece la fecha precisa de vencimiento del documento.
  • Pagaré a plazo variable. Se agrega un período de tiempo durante el cual se calculará la fecha de vencimiento después de su emisión.
  • Pagaré indefinido. Similar a un pagaré al momento pero sin una fecha de vencimiento específica. Se completa en el mismo momento en que se va a cobrar.
  • Pagaré transferible. Es un tipo de pagaré que puede ser cedido a un tercero que adquiere el derecho de cobro.
  • Pagaré nominativo. Son similares a los pagarés transferibles, pero sin el nombre del beneficiario escrito. También pueden ser cedidos a terceros.