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¿Qué es un pagaré? Tipos y ejemplos

El pagaré de cuenta corriente consiste en la promesa de abonar una cantidad determinada a su legítimo tenedor con un límite de fecha. Normalmente, son emitidos por el titular de la cuenta utilizando talonarios facilitados por el banco y tienen un marcado carácter de vía de financiación.

Los pagarés son poco habituales en las relaciones entre particulares y, por ello, muchas veces desconocidos. En cierto sentido, se parecen a los cheques pero tienen un marcado carácter de vía de financiación. Este tipo de documento, que tiene carácter legal, está regulado por la Ley Cambiaria y del Cheque 19/1985. Aunque esta normativa sigue plenamente vigente, la gestión de los pagarés se ha modernizado drásticamente gracias a la digitalización bancaria.

Características de un pagaré

  1. Consiste en la promesa de abonar una cantidad determinada a su legítimo tenedor en una fecha futura. Aquí no encontramos con la primera diferencia respecto al cheque, que debe hacerse efectivo desde su emisión; el pagaré, en cambio, tiene una fecha a partir de la cual puede hacerse efectivo su cobro.
  2. Al igual que el cheque, es un titulo valor que tiene aparejada una acción ejecutiva – esto es, que ante la falta de pago se puede acudir directamente a la ejecución del efecto, sin pasar por un procedimiento declarativo previo.
  3. El titular de la cuenta podrá ordenar la devolución del pagaré sin las limitaciones que tiene el cheque y la entidad no está obligada a un pago parcial.
  4. El pagaré permite al que lo emite establecer una fecha futura de pago y, al que lo recibe, descontar su importe en su entidad bancaria antes de su vencimiento. Por ello, es adecuado para el tráfico mercantil y poco habitual entre particulares.
  5. Autonomía y literalidad: en este documento han de aparecer las cantidades concretas que se abonarán a futuro, así como el método a través del cual se efectúe. En cuanto al beneficiario, este puede variar o no ser siempre el mismo, ya que el receptor podría cambiar y tener ese mismo derecho al pago.

Requisitos y elementos clave para rellenar un pagaré

El texto debe estar completamente redactado en el mismo idioma, incluso si el beneficiario y el firmante provienen de distintos países. Estos son los pasos indispensables para saber cómo rellenar un pagaré:

  • Debe incluir la palabra "pagaré" y un número de referencia.
  • Debemos especificar la fecha y lugar de emisión y vencimiento del pagaré.
  • Los detalles de la persona que emite y la que recibirá el pago deben estar reflejados.
  • La firma de la persona que emite el pagaré y que se compromete a efectuar el pago es esencial.
  • La cantidad exacta del dinero (importe detallado) a pagar debe estar claramente indicada.
  • También debe incluir el número de cuenta donde se descontará el dinero en la fecha de vencimiento.

Gestión digital y reducción de la incertidumbre

Hoy en día, para facilitar el control de todos estos requisitos y plazos, los bancos ayudan al cliente a reducir la incertidumbre de forma proactiva. Por ejemplo, a través de la banca digital, las empresas disponen de un panel unificado de cobros donde pueden visualizar de un vistazo el estado de todos sus efectos comerciales. Además, las plataformas bancarias permiten configurar notificaciones automáticas que avisan al usuario de las fechas de vencimiento próximas, evitando olvidos, reduciendo la incertidumbre sobre la liquidez disponible y garantizando que el documento se presente al cobro en el plazo legal.

Buena práctica bancaria

El Servicio de Reclamaciones considera que en los documentos de entrega debe recogerse:

  • Tipo de efecto que se entrega: cheque, pagaré o letra.
  • Tipo de gestión que se encomienda y comisiones que podrán aplicarse.
  • Posibilidad de devolución, consecuencias y plazo razonable.

El Servicio de Reclamaciones insiste en la obligación de las entidades de advertir a sus clientes sobre la posibilidad de existencia de comisiones derivadas de la devolución del documento y de proporcionar información suficiente sobre las consecuencias económicas. Las comisiones bancarias que se derivan del ingreso y gestión de cobro de un pagaré son las mismas que las de los cheques.

Como en los pagarés puede establecerse una fecha de pago futura hasta la que no podrá hacerse efectivo, es habitual que se “descuenten”, lo que significa que nuestra entidad puede adelantarnos el importe del mismo antes de su vencimiento; esta operación también genera una comisión. Si posteriormente se produce la devolución del efecto, nuestra entidad retirará los fondos adelantados y cobrará la comisión por devolución. En la actualidad, la banca online para empresas (como es el caso del servicio de Descuento Comercial de BBVA) ha agilizado enormemente este proceso. Las entidades permiten a los clientes gestionar y enviar sus remesas de pagarés de forma remota desde sus plataformas digitales. Esto evidencia una notable reducción del esfuerzo administrativo, ya que automatiza el control de la información y la solicitud del anticipo, si bien en el caso de los pagarés tradicionales en papel, la entidad seguirá requiriendo la entrega física del documento en la sucursal para su custodia.

Tipos de pagarés

Existen diferentes ejemplos de pagarés según el emisor, la forma de pago o el momento del pago.

Criterio Tipo de pagaré Descripción
Según el emisor Pagaré emitido por entidad bancaria El banco proporciona los pagarés en forma de talonario y los entrega al solicitante.
Pagaré corporativo o de empresa Una empresa emite el pagaré y establece requisitos para que el receptor pueda cobrarlo.
Según la forma de pago Pagaré para depósito en cuenta El pago solo puede realizarse mediante depósito en una cuenta bancaria.
Pagaré con cruzamiento Lleva dos líneas paralelas y el cobro debe hacerse mediante depósito bancario, no en efectivo.
Según el momento de pago Pagaré al momento Se paga en el instante en que se presenta para el cobro.
Pagaré con fecha fija Incluye una fecha exacta de vencimiento.
Pagaré a plazo variable La fecha de vencimiento se calcula a partir de un período determinado desde su emisión.
Pagaré indefinido No tiene una fecha específica de vencimiento y se completa al momento del cobro.
Pagaré transferible Puede ser cedido a un tercero, quien adquiere el derecho de cobro.
Pagaré nominativo El pagaré nominativo se emite obligatoriamente a favor de una persona física o jurídica específica cuyo nombre debe constar por escrito.

¿Qué ocurre si vence un pagaré?

El titular de un pagaré debe presentarlo para su cobro en la fecha de vencimiento o dentro de los dos días hábiles posteriores. Si el vencimiento cae en un día no hábil, el pago se traslada al siguiente día hábil disponible.

Es recomendable presentar el pagaré dentro del plazo indicado, ya que la falta de presentación puede afectar a determinadas acciones cambiarias frente a endosantes o avalistas. Por ello, debe entregarse en la fecha, forma y lugar establecidos en el documento.

Si el deudor no efectúa el pago tras su presentación, la Ley Cambiaria y del Cheque establece un plazo de prescripción de tres años para reclamar el importe al firmante del pagaré. El protesto notarial solo es necesario en determinados supuestos para conservar acciones de regreso frente a otros obligados cambiarios, pero no es imprescindible para reclamar el pago al firmante principal.

Si el pagaré resulta impagado, su cobro podrá reclamarse por vía judicial dentro de los plazos legalmente establecidos.

Preguntas frecuentes sobre los pagarés

¿Qué es un pagaré y para qué sirve?

Un pagaré es un documento mercantil mediante el que una persona o empresa se compromete por escrito a pagar una cantidad determinada de dinero a un beneficiario en una fecha concreta o conforme a las condiciones indicadas en el propio documento. Se utiliza principalmente como instrumento de financiación y de pago en operaciones comerciales entre empresas.

¿En qué se diferencia un pagaré de un cheque?

La principal diferencia es que el cheque es pagadero desde el momento de su emisión, mientras que el pagaré incorpora un vencimiento futuro. Además, el pagaré suele utilizarse como herramienta de financiación, ya que puede descontarse en una entidad bancaria antes de su fecha de cobro.

¿Qué datos son obligatorios para rellenar un pagaré?

Un pagaré debe incluir, entre otros elementos, la denominación "pagaré", el importe, la fecha y lugar de emisión, la fecha de vencimiento, la identificación del firmante y del beneficiario, la firma del emisor y la cuenta bancaria desde la que se realizará el pago. La ausencia de alguno de estos datos puede afectar a su validez o a su eficacia jurídica.

¿Qué tipos de pagarés existen?

Los pagarés pueden clasificarse según el emisor (bancarios o corporativos), la forma de pago (como los pagarés para depósito en cuenta o con cruzamiento) y el momento del pago (a la vista, con fecha fija, a plazo variable o transferibles). En España, los pagarés deben ser nominativos, es decir, emitidos a favor de una persona física o jurídica identificada.

¿Se puede cobrar un pagaré antes de su vencimiento?

Sí. Mediante el descuento de pagarés, una entidad financiera puede anticipar el importe antes de la fecha de vencimiento a cambio de aplicar las comisiones y gastos correspondientes. Si finalmente el pagaré resulta impagado, la entidad podrá reclamar el importe anticipado y cobrar la comisión por devolución.

¿Qué ocurre si un pagaré vence y no se paga?

El beneficiario debe presentar el pagaré para su cobro en la fecha de vencimiento o dentro de los dos días hábiles siguientes. Si el firmante no paga, podrá reclamar judicialmente el importe. La acción cambiaria directa contra el firmante prescribe a los tres años desde el vencimiento, conforme a la Ley Cambiaria y del Cheque.

¿Es posible gestionar pagarés de forma digital?

Sí. La banca digital permite a las empresas controlar el estado de sus pagarés, gestionar remesas, configurar avisos de vencimiento y solicitar el descuento comercial de forma telemática. No obstante, cuando se trata de pagarés emitidos en soporte papel, normalmente sigue siendo necesario entregar el documento físico a la entidad para su custodia.

¿Qué comisiones puede tener un pagaré?

Las entidades financieras pueden aplicar comisiones por la gestión de cobro, el descuento anticipado o la devolución de un pagaré impagado. Antes de contratar estos servicios, la entidad debe informar de forma clara sobre las comisiones aplicables y las posibles consecuencias económicas derivadas de un eventual impago.