¿Tienen que declarar los autónomos o las empresas los pagos hechos o recibidos por Bizum?
A partir de febrero de 2026, las entidades bancarias tienen la obligación de comunicar mensualmente a la Agencia Tributaria el volumen de facturación que profesionales y empresas reciben a través de Bizum y de cualquier otro medio de pago electrónico. Esta medida forma parte del refuerzo del control tributario sobre medios de pagos digitales y solo afecta a quienes utilizan esta plataforma para cobrar en el ejercicio de su actividad económica.
Bizum se ha convertido en uno de los métodos de pago más populares en España. También entre autónomos y pequeños negocios que valoran su inmediatez y facilidad de uso. Desde profesionales que cobran sus servicios hasta pequeños comercios que aceptan pagos instantáneos, la plataforma ha transformado la forma de gestionar transacciones cotidianas. Sin embargo, el crecimiento de su uso en el ámbito profesional ha llevado a las autoridades fiscales a incluirlo dentro de los mecanismos de control tributario.
¿A quién afecta esta medida?
El Real Decreto 253/2025 obliga a las entidades financieras a informar mensualmente a la Agencia Tributaria de la facturación acumulada de cada mes y realizada a través de Bizum por empresarios y profesionales. Esta normativa no modifica las reglas fiscales existentes, pero refuerza la capacidad de Hacienda para verificar que los ingresos profesionales se declaran correctamente.
Esta obligación no introduce una declaración nueva sino que lo que hace es añadir una fuente externa de verificación que, en este caso, es la entidad bancaria. Aunque los ingresos ya debían declararse, Hacienda dependía en gran medida de lo que cada contribuyente registraba y de comprobaciones puntuales. Ahora, con el reporte mensual agregado de los cobros profesionales por Bizum, puede cruzar datos de forma sistemática. Esto permite detectar con más facilidad descuadres entre lo cobrado y lo declarado.
La nueva obligación informativa se dirige exclusivamente a empresarios y profesionales que utilicen Bizum como canal de cobro en su actividad comercial. Quedan incluidos:
- Autónomos que prestan servicios.
- Pequeños comercios que venden productos.
- Cualquier tipo de sociedad mercantil que acepte este método de pago.
¿Qué datos de Bizum compartirán los bancos con Hacienda?
La información que las entidades bancarias remitirán cada mes incluye:
- La identificación del profesional o empresa
- El número de comercio asociado
- Los terminales de venta utilizados
- El importe total facturado durante ese periodo
- Las cuentas bancarias donde se reciben los fondos.
Sin embargo, esta comunicación se realiza de forma agregada, es decir, los bancos no reportan cada transacción individual, sino el volumen mensual total de ingresos profesionales. Esta distinción es relevante porque garantiza que solo se vigilan los flujos económicos relacionados con actividades comerciales, no los movimientos cotidianos entre personas.
¿Cómo tributan los ingresos por Bizum?
El principio fundamental que rige la fiscalidad de Bizum es sencillo: lo que determina la obligación de declarar no es el medio de pago, sino la naturaleza del ingreso. Un autónomo que cobra 500 euros por Bizum por un servicio profesional debe tratarlo igual que si hubiera recibido ese dinero en efectivo, por transferencia o con tarjeta.
En el caso de los autónomos y profesionales, todos los ingresos derivados de su actividad deben incorporarse a sus libros contables y declararse en el IRPF como rendimientos de actividades económicas. Si la operación está sujeta a IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), este impuesto debe repercutirse al cliente, incluirse en las declaraciones trimestrales y reflejarse en la factura o tique correspondiente. Desde Bizum recuerdan que “es imprescindible conservar el justificante del cobro por Bizum como soporte documental”.
Las empresas constituidas como personas jurídicas siguen el mismo criterio. Los cobros recibidos por su actividad comercial tributan en el Impuesto sobre Sociedades y deben contabilizarse con las mismas reglas que cualquier otro ingreso. También están obligadas a cumplir con las normas de facturación y de IVA aplicables.
¿Cuáles son los límites de uso de Bizum?
Para entender cuál es el alcance de Bizum como medio de cobro, conviene fijarse en los límites de recepción de dinero, especialmente en los pagos entre particulares, ya que son los que determinan cuánto puede recibir una persona en su cuenta a través de esta plataforma.
Límites de recepción de Bizum entre particulares
En los cobros recibidos por Bizum entre personas físicas, el sistema establece límites de seguridad que pueden variar según la entidad bancaria. En BBVA, los límites son:
- Hasta 60 operaciones diarias
- Hasta 2.000 euros diarios recibidos.
Estos topes afectan únicamente a la operativa entre particulares y están pensados para un uso personal de Bizum. No tienen implicaciones fiscales por sí mismos ni afectan a los pagos cotidianos entre personas.
Límites de Bizum para comercios, autónomos y empresas
En el caso de autónomos, comercios y empresas que utilizan Bizum como medio de cobro, no existen límites generales de recepción impuestos por la plataforma. Las condiciones dependen del banco y del tipo de cuenta contratada, por lo que pueden variar según el perfil del negocio.
Por este motivo, los profesionales y empresas que prevean un volumen elevado de cobros por Bizum deben consultar con su entidad bancaria las condiciones aplicables a su cuenta de negocio. En el caso de BBVA, no existen límites.
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Recomendaciones prácticas para cumplir con Hacienda
La adaptación a esta nueva obligación informativa no requiere cambios complejos, pero sí exige mantener una contabilidad ordenada. Estas son las recomendaciones:
- Separar las cuentas personales de las profesionales. De hecho, vincular los cobros de la actividad económica a una cuenta de negocio específica facilita el control y reduce el riesgo de confusiones.
- Cada ingreso profesional debe estar respaldado por su correspondiente factura o ticket, registrarse en los libros contables y declararse en los modelos fiscales que correspondan. Conservar un archivo ordenado de justificantes bancarios y documentos de venta simplifica cualquier requerimiento de la Agencia Tributaria y permite demostrar que todos los ingresos están correctamente declarados.
En conclusión, el mensaje de las autoridades es claro: Bizum es un medio de pago como cualquier otro y las obligaciones tributarias no dependen de la plataforma utilizada, sino del tipo de actividad que genera el ingreso.
Casos particulares: cuándo un particular sí debe declarar un Bizum
Los particulares permanecen al margen de esta norma. Según confirma el Ministerio de Hacienda, “sólo deben declararse los cobros recibidos por empresarios y profesionales establecidos en España. Quedan así excluidos los cobros entre particulares”. Esto significa que dividir gastos con amigos, pagar la cuenta del restaurante o reembolsar pequeñas cantidades no genera ninguna consecuencia tributaria ni debe comunicarse a Hacienda.
Aunque la mayor parte de los pagos entre particulares no tienen consecuencias fiscales, existen situaciones en las que una persona física que no es empresaria puede recibir un Bizum que genere obligaciones tributarias.
Si un particular recibe dinero por el alquiler de su vivienda, ese ingreso constituye un rendimiento del capital inmobiliario y debe declararse en el IRPF, haya llegado por Bizum, transferencia o efectivo. Del mismo modo, si una persona vende un coche o cualquier bien de segunda mano y recibe el pago por Bizum, podría generarse una ganancia patrimonial que debe incluirse en la declaración de la renta. Además, en algunos casos puede aplicarse el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, cuya regulación depende de cada comunidad autónoma.
Las donaciones entre particulares también tienen implicaciones fiscales: el receptor del dinero puede estar sujeto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y debe presentar la autoliquidación correspondiente. Por el contrario, reembolsar gastos comunes —como los de un viaje compartido o una cena entre amigos– no genera ninguna obligación fiscal.
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Preguntas frecuentes sobre Bizum y la nueva obligación de información para autónomos y empresas
¿Qué cambia exactamente a partir de 2026 con Bizum?
A partir de febrero de 2026, las entidades financieras deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria del importe total facturado por empresarios y profesionales a través de Bizum o sistemas equivalentes, de forma agregada.
Ejemplo: si un fisioterapeuta cobra 3.200 € por Bizum en marzo, el banco comunicará a Hacienda ese total mensual, no cada pago individual de los pacientes.
¿A quién afecta esta obligación informativa?
Afecta a autónomos, empresas y profesionales que utilicen Bizum para cobrar en el marco de su actividad económica. No afecta a los pagos entre particulares.
Ejemplo:
Afecta: una diseñadora freelance que cobra servicios por Bizum.
No afecta: un amigo que te devuelve 30 € de una cena compartida.
¿Los Bizum entre particulares hay que declararlos?
En general, no. Los ajustes de cuentas o reembolsos de gastos comunes no se consideran renta ni ganancia patrimonial.
Ejemplos habituales que no se declaran:
- Repartir un gasto entre amigos.
- Devolver dinero de una compra compartida.
- Pagar tu parte de un regalo conjunto.
¿Qué información enviará el banco a Hacienda?
La información se comunicará de forma mensual y agregada, e incluirá:
- Identificación del empresario o profesional.
- Número de comercio.
- Terminales de venta asociados.
- Importe total mensual cobrado por Bizum.
- Cuentas bancarias donde se reciben los cobros.
Ejemplo: un comercio con dos terminales aparecerá reportado con el total mensual y la relación de terminales, sin el detalle de cada operación.
¿Hacienda verá cada transacción individual?
No. La comunicación se realiza por importes mensuales acumulados, no operación por operación.
Ejemplo: Hacienda no recibe la lista de tus 120 cobros del mes, sino el total de ingresos cobrados por Bizum asociado a tu identificación.
¿Tengo que hacer algo nuevo en mis impuestos por cobrar por Bizum?
No cambia la regla fiscal. Lo relevante es la naturaleza del ingreso, no el medio de pago.
- Autónomos: ingresos en el IRPF como rendimientos de actividades económicas.
- Empresas: ingresos en el Impuesto sobre Sociedades.
Si procede, hay que declarar IVA y emitir factura o tique.
Ejemplo: si un fontanero cobra 120 € por Bizum por una reparación, debe declararlo igual que si lo cobrara por transferencia.
¿Cómo debo registrar los cobros por Bizum en la contabilidad?
Como cualquier otro ingreso de la actividad:
- Factura o tique, según corresponda.
- Registro en el libro de ingresos o contabilidad.
- Justificante del cobro.
Ejemplo: Factura 2026-015 → 250 € + IVA → Cobro por Bizum → Registrar importe y fecha → Guardar justificante.
¿Es obligatorio emitir factura si me pagan por Bizum?
Sí, siempre que la operación lo exija. Bizum no sustituye ni modifica las obligaciones de facturación.
¿Qué pasa si cobro por Bizum en una cuenta personal?
No está prohibido, pero puede generar confusiones y dificultar la trazabilidad en caso de revisión.
Ejemplo: si en la misma cuenta recibes cobros profesionales y devoluciones de amigos, deberás acreditar qué ingresos corresponden a tu actividad.
¿Hay límites para cobrar por Bizum como profesional o empresa?
En pagos entre personas físicas, en BBVA existen límites de seguridad:
- Hasta 60 operaciones diarias.
- Hasta 2.000 € diarios recibidos.
En cobros a clientes, los límites pueden depender del banco y del perfil del negocio.
Si soy particular, ¿hay Bizum que sí deba declarar?
Sí, cuando el dinero recibido no es un simple ajuste de gastos, sino una renta o ganancia:
- Alquiler: rendimiento del capital inmobiliario.
- Donación: puede tributar por Sucesiones y Donaciones.
- Venta de segunda mano: posible ganancia patrimonial.
¿Me pueden sancionar si cobro por Bizum y no lo declaro?
Cobrar por Bizum no es el problema. El riesgo está en no declarar ingresos o no cumplir con la facturación y el IVA cuando corresponde.
Ejemplo: si declaras 10.000 € de ingresos, pero los datos bancarios reflejan 18.000 € cobrados a clientes, es probable que Hacienda detecte una inconsistencia.