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¿Qué son los contratos de futuros?

El contrato de futuros, comúnmente conocido como “futuros”, es un contrato entre dos partes que se comprometen a, en una fecha futura establecida y a un precio determinado, intercambiar un activo, llamado activo subyacente, que puede ser físico, financiero, inmobiliario o de materia prima.

Contratos futuros BBVA

Origen de los contratos de futuros

Los futuros tienen su origen en los contratos a plazo o contratos "forward". Pongamos un ejemplo de contrato a plazo. La familia Pérez se verá felizmente aumentada por un nuevo miembro dentro de 9 meses y el apartamento del que disfrutan actualmente se les queda pequeño. Por tanto, deciden comprar una vivienda más grande al precio de 150.000€ a la sociedad Vivienda. SA.

La vivienda que comprarán no la van a necesitar hasta dentro de 9 meses, pero, con los precios del mercado inmobiliario al alza, la señora Pérez indica al vendedor que prefiere comprarlo ahora. El vendedor de Vivienda responde que no tienen inconveniente en vender la casa ahora y entregarla en 9 meses, pero fijando hoy su precio. Esto es lo que se denomina contrato a plazo.

La señora Pérez está preocupada por si el vendedor le incrementa el precio de 150.000 en un 10% que se espera que suba el mercado de vivienda, lo que supondría un coste de la vivienda de 15.000€ (150.000 + (150.000 x 0,10) = 165.000).

¿Debería aceptar este precio la señora Pérez? La respuesta es no, porque la señora Pérez puede comprar la casa ahora y pagar 150.000 euros y firmar un contrato a plazo. Si la Señora Pérez no dispusiera de efectivo suficiente, tendría que pedir un préstamo al banco, por el cual le cobrará un 3% al año (Intereses = 150.000 x 0,03 x 9/12 =3.375). Por tanto, si el vendedor tratara de fijar un precio superior a 153.375 euros por la vivienda, la señora Pérez podría acudir al banco a pedir el dinero prestado y le acabaría costando ese precio.

En pos de la simplicidad, no consideraremos otros elementos que podrían variar el precio a favor del vendedor, como los costes asociados a la titularidad de la vivienda que incrementarían el precio de esta, ni los beneficios que del inmueble podría obtener el comprador por disponer de la vivienda, como es la posibilidad de alquilarlo y que empujarían el precio a la baja.

El riesgo de este tipo de contratos es el riesgo de contrapartida o de insolvencia, que se produce cuando alguna de las partes no cumple el contrato a término. En el caso de la señora Pérez, ella corre el riesgo de que el piso no le sea entregado a término del contrato; por parte del vendedor, corre el riesgo de que llegado el momento la señora Pérez no pague la cantidad pactada.

Este riesgo está presente en cualquier transacción económica y es mayor cuanto más tiempo transcurre entre la fecha de contratación y liquidación. El riesgo de contrapartida no está presente en los contratos de futuros, puesto que está cubierto por la garantía y lo ejecuta la cámara de compensación.

En España, los futuros financieros están regulados por el R.D 1814 /1991 de 20 de diciembre y son definidos como:

Los contratos a plazo que tengan por objeto valores, préstamos o depósitos, índices u otros instrumentos de naturaleza financiera; que tengan normalizados su importe nominal, objeto y fecha de vencimiento, y que se negocien y transmitan en un mercado organizado cuya sociedad rectora los registre, compense y liquide, actuando como compradora ante el miembro vendedor y como vendedora ante el miembro comprador

Los futuros financieros en España se negocian en el MEFF (Mercado Oficial de Opciones y Futuros Financieros de España), que es un mercado organizado regulado, controlado y supervisado por la CNMV. Este mercado es el el que permite que los futuros puedan venderse y comprarse en durante las sesiones de cotización.

Características de los futuros

  • Los futuros son productos financieros derivados.
  • Como productos derivados, su cotización varía en función del activo subyacente.
  • Las condiciones de los contratos están estandarizadas en lo que se refiere a importe nominal, objeto y fecha de vencimiento.
  • Son negociados en mercados organizados y controlados, con lo que se pueden vender y comprar sin esperar a la fecha de vencimiento.
  • Tanto para comprar como para vender futuros, los intervinientes deben aportar garantías al mercado, es decir, una cantidad de dinero en función de las posiciones abiertas para evitar el riesgo de contrapartida mencionado anteriormente.
  • Es un producto que se puede vender sin necesidad de haber comprado anteriormente, esto es lo que en el mercado se conoce como posiciones cortas.

Tipos de operaciones con Futuros

Existen varios tipos de operativa con futuros, pero nos centraremos en los tres tipos de operaciones más comunes que podemos realizar con ellos:

  1. Operaciones de cobertura: Estas operaciones consisten en la compra o venta de contratos de futuros que tengan como subyacente un activo que tenemos en cartera para reducir o eliminar el riesgo de fluctuación de precios de dicho activo. Supongamos que tenemos 100 acciones de la compañía X. Si el mercado está bajista y la cotización de nuestras acciones está cayendo, podemos vender un contrato de futuros de la compañía X, que tienen como subyacente las acciones de dicha compañía. De esta forma, al vender el futuro al precio de hoy, estamos garantizando que, cuando deshagamos la posición, tendremos que comprar al precio de hoy y, por tanto, si el mercado continua bajando, hemos protegido el precio de nuestras acciones de la caída de precio.
  2. Operaciones especulativas: Son aquellas en las que se compran o se venden futuros con vistas a obtener una plusvalía a corto plazo, independientemente del activo en el que estemos invirtiendo. En este tipo de operaciones, esperamos que el mercado evolucione en determinado sentido y nosotros actuamos en consecuencia; por ejemplo, compraríamos futuros en caso de un mercado alcista y venderíamos en tendencias bajistas, obteniendo como plusvalía las diferencias entre el precio de apertura de la posición y el precio de cierre de la posición.
  3. Operaciones de Arbitraje: El arbitraje se produce cuando un valor se negocia en varios mercados y, por circunstancias locales, se produce una diferencia de precios que aprovechamos para comprar donde cotiza más barato y vender donde cotiza más caro.

Nota de precaución

Los futuros son productos apalancados y, como tales, tienen efectos multiplicadores tanto en las pérdidas como en las ganancias. Las pérdidas pueden ser mucho mayores que las garantías que depositó para la apertura de la posición. Pongamos un ejemplo: supongamos que vendemos 2 contratos de futuros sobre acciones del BBVA con vencimiento el 19 de junio 2015:

  • Valor de cotización del subyacente acción de BBVA: 9,41€
  • Precio de venta del futuro de BBVA: 10€, como cada contrato de futuros de BBVA son exactamente 100 acciones, el valor nominal del contrato es de 200 x 10 = 2000 euros

Como vendedores de los contratos, debemos depositar en el MEFF un 15% del valor nominal como garantía, es decir, 300€. Supongamos que en unos días la cotización de la acción baja a 8,40€, y la cotización del futuro baja a 9€. Consecuentemente, si deshacemos la operación, compraremos dos contratos a 9 cuyo importe nominal sería (200 x 10) 2000, que es el precio al que vendimos cuando abrimos la posición corta, y nos devolverán un 15% de ese importe nominal, que es la cantidad que tendríamos que haber depositado en caso de abrir la operación de compra. Es decir 300€ más la diferencia entre el valor de venta inicial y el valor de compra que sería 200 euros, lo que supone un beneficio del 66,7%.

Analicemos los rendimientos en ambos casos:

    • Precio de compra inicial: acciones (9,40), futuro (10)
    • Precio de venta: acciones (8,40), futuro (9)
    • Ganancia: acciones (-1 p.a), futuro (1)
    • Inversión inicial: acciones (9,40), futuro (1,5)
    • Rentabilidad sobre inversión: acciones (-10,64%), futuro (66,7%)

Igualmente, si hubiésemos abierto una posición larga comprando dos contratos en lugar de venderlos, las pérdidas hubiesen sido del mismo orden. Eso sí, hay que tener en cuenta que no se pueden abrir posiciones cortas sobre acciones, dado que para vender una acción es necesario tenerla en propiedad, por tanto la rentabilidad expresada en el caso de las acciones contempla que la operación es de compra.