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Impuestos 01 abr 2020

España comenzará las devoluciones de la renta el 3 de abril

La Agencia Tributaria española ha fijado de forma definitiva el 1 de abril como fecha de inicio de la campaña de la renta de este año, para así poder comenzar a enviar las devoluciones a las 48 horas. Por tanto, la campaña de este año, marcada por la crisis del coronavirus, se iniciará el primer día de abril y concluirá el 30 de junio.

Pago con cuenta en comercios online de BBVA

Con esta medida, la Agencia Tributaria podría realizar las devoluciones de la renta a los contribuyentes desde el 3 de abril, es decir, 48 horas después del inicio de la campaña. Hacienda estima que cerca del 70% de las declaraciones salen a devolver y recuerda que el 88% de los españoles la tramitan por internet, frente al resto que opta cada año por el proceso telefónico o presencial.

Desde el arranque de abril, los contribuyentes pueden confirmar su borrador a través del programa Renta Web, con su firma electrónica, clave PIN o número de referencia, o bien acceder desde esa fecha a sus datos fiscales, consultarlo, modificarlo y presentarlo.

Los contribuyentes cuyas rentas en 2019 fueran exclusivamente rendimientos del trabajo no estarán obligados a realizar la declaración cuando no superen el límite de 22.000 euros anuales de un solo pagador. Para dos pagadores, también están exentos de la presentación del IRPF los rendimientos del trabajo cuando dicho umbral sea de 14.000 euros anuales.

Para los ciudadanos que deseen tramitar su renta vía telefónica, Hacienda pone a su disposición el servicio Le llamamos, que estará operativo desde el 7 de mayo, previa solicitud de cita previa el día 5 de ese mes, pero sin posibilidad de elegir ni fecha ni hora de la llamada.

Pese a que las oficinas de Hacienda están cerradas por la crisis sanitaria del coronavirus, la asistencia presencial para cursar la declaración se mantiene para el 13 de mayo (con cita previa solicitada el día 5). Los contribuyentes, sin embargo, también pueden consultar sus dudas mediante el botón ‘click to call’ de la página web de Hacienda, que permite llamar por ordenador si cuenta con micrófono y altavoces.

Las fechas límites para presentar la declaración de este año son el día 25 de junio en el caso de que salga a pagar y se realice mediante domiciliación bancaria y el 30 de junio, día del fin de la campaña de la renta.

Los contribuyentes cuya declaración salga a pagar podrán fraccionar el importe en dos plazos. El primer pago del 60% de la deuda tributaria se abona cuando se presenta la declaración, mientras que el 40% restante se pospone al 5 de noviembre. En este último caso, si se elige domiciliar el segundo plazo del IRPF la fecha tope de presentación será el 30 de junio.

Toda tu información fiscal en la 'app' y la web de BBVA en España

BBVA ofrece a través de su ‘app’ (Android e iPhone) y de su web en España la información fiscal para que cualquier contribuyente que tenga la obligación de presentar la declaración pueda hacerlo cómodamente desde su casa.

Desde el pasado 1 de abril es posible solicitar el borrador de la declaración de la Renta por vía telemática. Para ello, las personas físicas deben disponer de DNI electrónico, certificado electrónico Cl@ave PIN o el número de referencia. Una vez que obtengamos el borrador de la Renta, debemos comprobar que aparece correctamente toda la información fiscal de nuestros productos. Para ello, los clientes de BBVA tienen dos opciones:

  1. A través de la aplicación móvil. En la parte privada de su aplicación deben acudir a su Buzón, que está simbolizado por un sobre en la parte de abajo de la pantalla. Al abrir el buzón verán la opción de consultar el apartado “Información fiscal”.
  2. A través de la web. En este caso, una vez acceda a su posición global debe buscar sus cuentas personales y en la cabecera de las cuentas verá la opción “Mis impuestos”, donde puede consultar y descargar la información fiscal.