Cuota de solidaridad en España: qué es, a quién afecta y cómo se calcula
La cuota de solidaridad es una cotización adicional de la Seguridad Social que se aplica en España y que entró en vigor a partir de 2025 sobre la parte de los salarios que superen la base máxima. Estos ingresos, que anteriormente no estaban sujetos a contribuciones a la Seguridad Social, cotizarán en un sistema progresivo de tramos que se irá desarrollando gradualmente.
Cuándo entró en vigor la cuota de solidaridad
El 26 de marzo de 2024, el Gobierno aprobó un Real Decreto en el que, entre otras medidas, se incluyó el desarrollo reglamentario para aplicar la cuota de solidaridad.
En el ejercicio actual, la medida se rige por el Real Decreto-ley 3/2026 (aprobado tras la no convalidación del RDL 16/2025), que actualiza los topes y bases de cotización a la Seguridad Social con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026. La cuota se aplicará en las nóminas que superen la base máxima de cotización a la Seguridad Social, que para 2026 asciende a 61.214,40 euros anuales (5.101,20 euros mensuales), tras experimentar una revalorización del 3,9% respecto a 2025, sin que esa cotización adicional suponga el derecho a un mayor importe de pensión.
Cuota de solidaridad y el impacto de la jubilación de los 'baby-boomers'
La medida llega en un momento en el que la jubilación se enfrenta a un reto de gran magnitud. En el horizonte a medio plazo, previsiones como las de la AIReF indican que el déficit público iniciará una senda ascendente impulsado principalmente por el incremento del gasto en pensiones asociado al progresivo envejecimiento de la población. A esto se suma que la proporción de personas mayores de 65 años aumentará drásticamente en las próximas décadas.
Este escenario de tensión financiera para el sistema de pensiones alcanzará su punto álgido en la década de los 40 de este siglo, debido a la jubilación masiva de la generación del 'baby boom' (los nacidos entre 1958 y 1978).
Para proteger el sistema y mejorar los ingresos de la Seguridad Social frente a este reto, junto a la cuota de solidaridad, en 2026 se aplicará una nueva subida de la sobrecotización del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que pasa a ser del 0,90% sobre la base de cotización por contingencias comunes. Todo lo recaudado a través del MEI se destina a engrosar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social (la conocida como "hucha de las pensiones") para poder afrontar este incremento futuro en el gasto.
A cuánto asciende la cuota de solidaridad
La nueva cotización recae únicamente en la parte de los salarios más altos, que no soporta ningún tipo de tributación, y su aplicación se hará progresivamente. “Es una cuota gradual que irá incrementándose desde su entrada en vigor en 2025 hasta 2045, año en el que alcanzará su máximo tipo”, cuenta Antonio Bonilla, profesor de Finanzas en EBF Business School. “Al igual que el MEI, implica un incremento de cotizaciones, tanto para la empresa como para el trabajador, y es de carácter recaudatorio y no contributivo, ya que no genera mejoras en la base de cotización sobre la que se calculan las futuras pensiones”.
Según el BOE, para aplicar la cuota adicional de solidaridad, se establecerán tres tramos de rendimientos, a los que corresponde un tipo de cotización progresivo.
- Primer tramo: Comprende entre la base máxima y el 10 % superior a la base máxima y cotizará por el 5,5 % en 2045.
- Segundo tramo: Incluye del 10 % al 50 % y cotizará al 6 % en 2045.
- Tercer tramo: Es la parte del salario superior al 50 % de la base máxima de cotización y cotizará al 7 % en 2045.
Estos porcentajes no se aplicarán desde el principio ya que la ley recoge un periodo de transición, entre 2025 y 2045, para el desarrollo de la cuota. Las cotizaciones, según publica BBVA Mi Jubilación, se irán incrementando un 0,25% anual. En concreto, para este año 2026, los tipos experimentan una primera subida (de entre 0,23 y 0,29 puntos porcentuales respecto a 2025) quedando fijados de la siguiente manera: un 1,15% para el primer tramo, un 1,25% para el segundo y un 1,46% para el tercero.
Cuánto se pagará de más en 2026
Para el año 2026, los tipos aplicables han subido respecto al año de implantación, partiendo de que la base máxima de cotización anual se sitúa en 61.214,40 euros. Los porcentajes y ejemplos de cálculo fijados para este ejercicio son:
- Salario hasta un 10% superior a la base máxima: Para la franja salarial situada entre 5.101,21 y 5.611,32 euros mensuales, se aplicará un tipo del 1,15%. Por ejemplo, un salario de 5.611,32 euros al mes cotizará por el exceso de 510,12 euros, lo que supone unos 5,86 euros adicionales al mes (70,3 euros al año).
- Salario entre el 10% y el 50% superior a la base máxima: Para la parte de retribución entre 5.611,33 y 7.651,80 euros al mes, el tipo de cotización sube al 1,25%. Si se cobra un salario de 7.651,80 euros mensuales, se aplicarían 5,86 euros por el primer tramo y 25,50 euros por el segundo (aplicado sobre el exceso de 2.040,5 euros). En total, la cuota de solidaridad sería de unos 31,36 euros al mes (376,3 euros anuales).
- Salario superior en más del 50% de la base máxima: A las retribuciones que excedan los 7.651,80 euros mensuales se les aplicará un tipo del 1,46%. En este caso se aplicarían los tres tipos de cotización (1,15%, 1,25% y 1,46%) en sus correspondientes tramos
Quién paga la cuota de solidaridad
La medida plantea un cambio en la gestión financiera de las empresas, especialmente en la planificación de los presupuestos relacionados con el personal. “Se mantiene la misma proporción del tipo de cotización por contingencias comunes”, cuenta Bonilla. “Es decir, la empresa paga aproximadamente cinco veces la parte del trabajador, el 83 % corresponde a la compañía y alrededor del 17 % al trabajador”. Por ejemplo, en el año 2045, en el caso del segundo tramo con un 6 % de cuota, la distribución sería del 5 % a cargo de la empresa y el 1 % a cargo del trabajador.
De forma detallada para 2026, la distribución de la cuota de solidaridad se hará de la siguiente forma:
- En el primer tramo (1,15%), el 0,96% corre a cargo de la empresa y el 0,19% del trabajador.
- En el segundo tramo (1,25%), el 1,04% es a cargo de la empresa y el 0,21% del trabajador.
- En el tercer tramo (1,46%), el 1,22% corresponde a la empresa y el 0,24% a la persona trabajadora.
Por ejemplo, en el año 2045, en el caso del segundo tramo con un 6 % de cuota, la distribución sería del 5 % a cargo de la empresa y el 1 % a cargo del trabajador. Por su parte, la sobrecotización del MEI se distribuirá en un 0,75% a cargo de la empresa y un 0,15% a cargo del trabajado.
¿Quiénes se verán afectados por la cuota de solidaridad?
La nueva cotización, según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE), se aplica a los empleados incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, en el Régimen de los Trabajadores del Mar (por cuenta ajena) y a los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. A diferencia del MEI, esta cuota no es aplicable para los autónomos incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cuyos ingresos superen la base máxima de cotización de la Seguridad Social. Además, hay una excepción destacada: las personas trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Minería del Carbón quedan expresamente excluidas de la aplicación de esta cotización adicional de solidaridad.
Preguntas frecuentes sobre la cuota de solidaridad
¿Qué es la cuota de solidaridad?
La cuota de solidaridad es una cotización adicional de la Seguridad Social que se aplica a la parte del salario que supera la base máxima de cotización. Tiene carácter recaudatorio y no aumenta la pensión futura.
¿Desde cuándo se aplica la cuota de solidaridad?
La cuota de solidaridad entró en vigor el 1 de enero de 2025. En 2026 mantiene su despliegue progresivo con tipos más altos que en el ejercicio inicial.
¿Qué tipos se aplican en 2026?
En 2026 se aplican tres tipos: 1,15% al primer tramo, 1,25% al segundo y 1,46% al tercero, siempre sobre la parte del salario que excede la base máxima.
¿Quién paga la cuota de solidaridad?
La cuota de solidaridad se reparte entre empresa y persona trabajadora. En 2026, por ejemplo, el primer tramo se distribuye en un 0,96% a cargo de la empresa y un 0,19% a cargo del trabajador.
¿A quién afecta la cuota de solidaridad?
Afecta a salarios que superan la base máxima de cotización dentro de los regímenes en los que resulta aplicable esta cotización adicional. El texto debe precisar bien los colectivos incluidos y excluidos con fuente normativa.
¿La cuota de solidaridad aumenta la pensión?
No. La cuota de solidaridad no mejora la base reguladora ni genera una pensión más alta, porque su finalidad es reforzar los ingresos del sistema.