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Calendario de impuestos 2026 para empresas en España: fechas clave

El calendario de impuestos 2026 para empresas en España reúne los vencimientos de IVA, retenciones, pagos fraccionados e Impuesto sobre Sociedades, además de nuevas obligaciones informativas (cobros electrónicos y criptoactivos). Anticipar plazos ayuda a evitar sanciones y tensiones de tesorería.

Planificar 2026 con tiempo será clave para que las empresas no se vean desbordadas por las obligaciones fiscales y regulatorias del año. A lo largo de los meses se acumulan plazos y exigencias que requieren una gestión anticipada. A los hitos tradicionales de IVA, IRPF y Sociedades se suman nuevas obligaciones de información. Estas afectan especialmente a los cobros electrónicos y a los criptoactivos. El nuevo escenario obliga a pymes, autónomos y grandes grupos a revisar sus calendarios internos. También exige reforzar los sistemas de control y seguimiento.

“El calendario fiscal fija los plazos concretos en los que los contribuyentes deben presentar sus declaraciones y efectuar los pagos”, recuerdan desde la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF). Un seguimiento adecuado facilita la planificación del cumplimiento tributario. Además, permite anticipar necesidades de liquidez. Todo ello ayuda a evitar incumplimientos involuntarios. Estos errores pueden derivar en sanciones o costes económicos adicionales.

Fecha / periodo Obligación principal Tipo empresa Detalles
20 ene Retenciones 4T25 Pymes/sociedades Cierre 4T25 (oct–dic). Plazo general hasta el día 20; grandes empresas domiciliadas del 1 al 15 ene.
30 ene IVA 4T25 + resumen anual Todas Modelos 303, 309, 349 y 380 hasta el día 30; modelo 390 (anual). Grandes empresas domiciliadas del 1 al 25 ene.
2 feb Resúmenes anuales retenciones Con retenciones El 31 ene cae en domingo; se traslada al primer día hábil (2 feb). Regla general para inhábiles.
1 feb–2 mar Operaciones con terceros 2025 Todas salvo SII Declaración anual de operaciones > 3.005 €. Plazo amplio para recopilar datos de 2025.
20 abr IVA/retenciones 1T26 + pago fracc. IS Pymes/sociedades Modelos 303 y 111 hasta el día 20; pago fraccionado IS domiciliado del 1 al 15 abr.
30 abr Legalización libros Sociedades Cuatro meses desde el cierre (31 dic 2025). Depósito en Registro Mercantil.
30 abr–30 jun Impuesto Complementario Pilar 2 Grupos > 750 M€ Modelos 240 y 241 hasta 30 jun; modelo 242 del 1 al 27 jul.
20 jul IVA/retenciones 2T26 Pymes/sociedades Cierre abr–jun. Presentación el día 20; domiciliación hasta el día 15.
27 jul IS 2025 (ejercicio natural) Sociedades 25 días naturales tras seis meses desde cierre (30 jun + 25 días = 27 jul).
20 oct IVA/retenciones 3T26 + pago fracc. IS Pymes/sociedades Modelos 303 y 111 día 20; pago fraccionado IS del 1 al 15 oct.
21 dic Pago fracc. IS 4T26 Sociedades medianas/grandes Último pago 4T26 (oct–dic). Día 21 por festivo. Prepara IS 2027.

Fechas clave de enero: cierres de IVA y retenciones del ejercicio 2025

Las empresas arrancan 2026 mirando al retrovisor: gran parte de las obligaciones que vencen en enero corresponden al cuarto trimestre o al ejercicio 2025 en su conjunto. AEDAF advierte que “las fechas clave del calendario fiscal no son idénticas para todas las empresas, pues dependen del régimen de IVA aplicable, de si existe obligación de practicar retenciones, o de si se trata de una gran empresa, entre otros factores”. No obstante, tomando como referencia una pyme o un empresario individual “tipo”, existe un primer bloque de obligaciones concentrado en la segunda mitad de enero.

El 20 de enero de 2026 finaliza el plazo para presentar las autoliquidaciones trimestrales de retenciones de nómina, de profesionales y de arrendamientos, entre otras, un hito que afecta de lleno a quienes cuentan con trabajadores, colaboraciones externas o inmuebles alquilados.

El 30 de enero, vence el plazo ordinario de presentación, sin domiciliación, de a autoliquidación de IVA del cuarto trimestre, su resumen anual, la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, así como, en el caso de empresarios individuales, el último pago fraccionado del IRPF. Este encadenamiento de obligaciones convierte enero en un mes especialmente sensible para la tesorería de los pequeños negocios, que deben anticipar cobros y pagos para evitar tensiones de liquidez.

Este año, por coincidir fechas en fin de semana, el plazo para los resúmenes anuales de retenciones se extiende hasta el 2 de febrero de 2026. En este apartado destacan especialmente la información anual relativa a retenciones sobre trabajadores y profesionales, así como el resumen anual de retenciones de arrendamientos, que permiten a la Administración cruzar la fotografía global del año con las autoliquidaciones periódicas.

Impuesto sobre Sociedades 2025: plazos y pagos fraccionados en 2026

Más allá de las obligaciones periódicas de IVA y de las retenciones trimestrales (abril, julio, octubre) y de las diversas autoliquidaciones sectoriales, el gran hito del calendario para las sociedades llega en verano con el Impuesto sobre Sociedades. La declaración debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del período impositivo. “Si el ejercicio coincide con el año natural, el plazo efectivo es de 25 días naturales de julio”, afirman los expertos de la AEDAF.

Para muchas empresas, esto significa que el mes de julio es el momento clave en el que se cristaliza el resultado fiscal del ejercicio anterior.

La gestión societaria no se limita a la autoliquidación del impuesto. “Asimismo, las sociedades deben legalizar sus libros obligatorios dentro de los cuatro meses siguientes al cierre, cuando el cierre es el 31 de diciembre, el vencimiento se sitúa en el 30 de abril”, comentan desde AEDAF. Esta obligación, a veces vista como puramente formal, tiene un impacto directo en la seguridad jurídica de la empresa y en su preparación ante posibles actuaciones de comprobación e inspección, por lo que conviene integrarla en la planificación anual con la misma importancia que las declaraciones tributarias.

En paralelo, el calendario de personas físicas traza otro eje temporal que incide en los empresarios individuales y los socios de sociedades. En el ámbito de las personas físicas, según la AEAT, la campaña de Renta y Patrimonio 2025 se desarrollará del 8 de abril al 30 de junio de 2026 para presentaciones en internet, salvo que se trate de declaraciones con resultado a ingresar y que se domicilien en cuenta, en cuyo caso el periodo finaliza el 25 de junio. Este periodo se solapa con otros vencimientos empresariales, por lo que muchas asesorías y departamentos financieros trabajan al límite de su capacidad en primavera.

Calendario de impuestos 2026 para empresas en España: fechas clave

Novedades 2026: cobros electrónicos, criptoactivos y control automatizado

Más allá de las fechas, 2026 viene marcado por cambios cualitativos en la información que la Agencia Tributaria manejará. “Una de las grandes novedades es el refuerzo del control sobre los cobros electrónicos. Desde el 1 de enero de 2026, las entidades financieras y plataformas de pago deberán remitir periódicamente a la Agencia Tributaria información detallada sobre los cobros efectuados por empresarios y profesionales a través de tarjetas y de pagos vinculados al móvil, como Bizum cuando se utiliza con fines profesionales”.

Esta obligación no implica que el 2 de enero se disparen las inspecciones, pero sí que se incrementa notablemente la capacidad de cruce automatizado de datos. Hacienda va a disponer de un flujo de información mucho más completo, homogéneo y mensual sobre determinados circuitos de cobro, lo que facilitará el cruce de datos y la detección de incongruencias entre ingresos declarados y cobros reales. En la práctica, esto obligará a alinear con precisión la facturación, los registros contables y los extractos de TPV y de plataformas de pago, reduciendo el margen de errores y omisiones.

Asimismo, se consolida una reforma de calado para los grandes grupos empresariales. “En 2026 se consolida la aplicación del Impuesto Complementario, que garantiza un nivel mínimo global de imposición del 15% para los grandes grupos multinacionales y nacionales, en línea con el denominado ‘Pilar 2’”. No se trata solo de un nuevo formulario, sino de una pieza que reconfigura la planificación fiscal internacional. “Se trata de un cambio estructural en la fiscalidad de estos grupos, que obliga a revisar las estrategias de planificación y las estructuras internacionales para asegurar que, en cada jurisdicción, se alcance ese tipo efectivo mínimo”.

La transparencia también se refuerza en el ámbito de los criptoactivos. La implementación de la directiva europea DAC 8 intensifica la lucha contra la elusión fiscal al obligar a los proveedores de servicios y a las entidades financieras a identificar y reportar sistemáticamente todas las operaciones con criptoactivos y dinero electrónico a las autoridades tributarias.

Al integrar estos activos digitales en el marco de la cooperación administrativa de la Unión Europea, se garantiza una trazabilidad total que elimina la opacidad de las antiguas “zonas grises”. Para las empresas del sector, esto supone una transición hacia un entorno de control absoluto, donde la transparencia institucional deja poco margen de maniobra para la planificación fiscal agresiva.

Checklist fiscal 2026 para pymes y autónomos con actividad económica

En medio de este escenario de mayor control y nuevas declaraciones, el aplazamiento hasta 2027 de la entrada en vigor efectiva del sistema de facturación Verifactu busca dar algo de oxígeno a las pymes y a los autónomos. Por un lado, este retraso da más margen para adaptar los programas de facturación.

El retraso en la implementación práctica de este sistema de registro de facturación en tiempo casi real permite a los pequeños negocios planificar inversiones tecnológicas y cambios de proceso sin la presión de un plazo inminente.