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Cómo solicitar la baja por paternidad si eres autónomo en España

Los autónomos también pueden disfrutar de su permiso de paternidad. Esta baja, que facilita la conciliación familiar de los trabajadores por cuenta propia, dura 16 semanas. En este tiempo, además de cobrar la correspondiente prestación, tendrá derecho a una bonificación del 100% de su cuota por contingencias comunes durante toda la baja por paternidad.

Cómo solicitar la baja por paternidad si eres autónomo

Hace unos años, el permiso de baja por paternidad tan solo duraba cuatro semanas, pero este plazo se ha ido ampliando con el objetivo de facilitar la igualdad de género en el ámbito laboral y una mayor conciliación. En 2020, aumentó hasta un máximo de 10 semanas y, a partir de 2021, su duración ha alcanzado las 16 semanas, igualándose con el de las mujeres. “Al haber sido equiparado el permiso, la prestación de paternidad y maternidad se ha pasado a denominar prestación por nacimiento y cuidado de menor”, explica Agustín Hernández, profesor del Máster en Asesoría de Empresas de UEMC Business School.

Las primeras seis semanas después del parto son obligatorias y las diez restantes se pueden disfrutar voluntariamente a continuación o durante el primer año de vida del bebé. Además, según informa la Seguridad Social, se establecen los siguientes supuestos de ampliación:

    • Una semana más para cada progenitor por cada hijo, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
    • Una semana más para cada progenitor en caso de discapacidad del nuevo miembro de la familia.
    • Ampliación por parto prematuro y hospitalización (durante un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.

Qué se necesita para percibir la prestación por paternidad

Los autónomos deben cumplir con una serie de requisitos para acceder a este permiso. “Entre ellos, estar dados de alta o en situación asimilada al alta en la Seguridad Social, acreditar el período mínimo de carencia exigido y estar al corriente del pago de las cuotas”, afirma Agustín Hernández.

Las cotizaciones mínimas, de las que están exentos los trabajadores menores de 21 años, para solicitar el permiso de paternidad, son: 180 días (en los últimos 7 años) o 360 días (en la vida laboral al completo), si se tienen 26 años o más y 90 días (en los últimos 7 años) o 180 días (en la vida laboral al completo), si se tienen entre 21 y 26 años.

Cómo solicitar la baja por paternidad si eres autónomo

Cómo se solicita el permiso de paternidad

El permiso de paternidad, al igual que el de maternidad, puede solicitarse por tres vías: online, por correo ordinario o presencialmente en los Centros de atención e información de la Agencia de la Seguridad Social (CAISS). Según informa la Seguridad Social, es necesario aportar, DNI, pasaporte o NIE, solicitud del permiso, una declaración de situación de su actividad laboral, informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud y libro de familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil del hijo.

Las personas que dispongan de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve, podrán solicitar la prestación a través del portal Tu Seguridad Social. Basta con rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente en esta página web, que también permite realizar una simulación de la prestación. Esta operación permitirá conocer el importe aproximado a percibir y la duración del permiso en función de la fecha estimada del nacimiento.

Los autónomos que no cuenten con ningún método de identificación previa, pueden utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS. Si eligen la opción de solicitud por correo solo tendrían que descargar y rellenar el formulario de solicitud y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación. Para la solicitud presencial, hay que solicitar cita previa y presentar, en persona, el formulario y el resto de la documentación.

Pasos para calcular la ayuda

¿En qué consiste la prestación económica que se recibe? “En el caso del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) varía con respecto al régimen general, ya que se percibe el 100 % de la base reguladora”, explica Agustín Hernández. “Dicha base se calcula en función de las cotizaciones de los seis meses inmediatamente anteriores al mes previo al nacimiento o la adopción, después se divide entre 180 y se multiplica por el número de días”.

Por ejemplo, si durante los últimos seis meses la base de cotización ha sido de 1.323 €, esta será la cantidad que se cobre al mes. El cálculo de lo que corresponde diariamente sería: 1.323 € x 6 meses= 7.938 € y 7.938 € /180= 44,1 €/día. Si el tiempo que la persona lleva dada de alta como autónoma es inferior, se sumaría la base de cotización de los meses que haya trabajado como tal.

En cuanto a la tributación, “desde el año 2019, como consecuencia de una sentencia del Tribunal Supremo, esta prestación está exenta de tributación, por lo que no computa como renta a efectos del IRPF”, cuenta Agustín Hernández. Por lo tanto, según establece la Ley 35/2006 del IRPF, no habrá que agregarla como un rendimiento o como un pagador más, como ocurre con otras ayudas como la prestación contributiva por desempleo. Eso sí, cuando se opta por disfrutar del permiso de paternidad de manera parcial y continuar trabajando, se cobra el 50 % de la prestación y se abona el 50 % de la cuota de autónomos.

El cese del cobro de la prestación se produce al término del periodo máximo de la misma, aunque también puede finalizar por reincorporación al trabajo, por fallecimiento o por jubilación o incapacidad permanente del beneficiario.