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Asuntos sociales Act. 09 jul 2023

¿Qué documentación necesitan los padres separados para viajar con su hijo?

Ponerse de acuerdo en elegir cuándo irse de vacaciones con los hijos no siempre es fácil y más si con quién se deben consensuar dichas fechas es con tu ex pareja. Llegar a una solución no siempre es sencillo y en muchas ocasiones puede provocar conflictos, sobre todo si se viaja fuera del país de origen cuándo se debe completar documentación que tienen que aprobar ambos progenitores.

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El primer paso que se debe tomar es pedir las vacaciones a la otra parte. Parece algo sencillo pero cuando los padres están separados, escoger una semana u otra puede provocar conflicto de intereses. Por norma general, en la sentencia de divorcio existe un apartado en el que se especifica el reparto equitativo de los días de descanso. En él se concretan a partir de qué día comienzan las vacaciones de uno y otro con el pequeño. Si por el contrario, la sentencia no lo determina será el calendario escolar el que marque la pauta del inicio.

En el caso de que se tengan varios hijos y de diferentes edades, cuya vuelta al cole sea en diferentes periodos, siempre será razonable hacer coincidir el comienzo de las vacaciones con el que primero las tenga; además de intentar, dentro de lo posible, no separar a los hermanos pues en la mayoría de los casos querrán disfrutar juntos de las vacaciones en familia.

Muchos padres separados optan por evitar conflictos cada Semana Santa, puentes o verano e intentan combinar la elección del periodo vacacional por año, es decir, cada año le toca decidir a uno primero qué fechas prefiere. Es una manera sensata de dividir la responsabilidad y empatizar con la otra parte. En caso de que la separación haya sido amistosa y no hay problema entre los padres, siempre se podrá ser lo más flexible posible con el otro y en beneficio de los más pequeños.

Fecha límite, reflejo en la sentencia

Las normas del convenio regulador serán aplicables una vez haya desacuerdos entre ambas partes. Lo ideal es que se solucione repartiendo los días de manera igualitaria y que si por algún motivo excepcional (retraso de vuelos, huelgas, problemas de salud, atascos en carretera…) se retrasa el día de la entrega de los pequeños sumando un día más para una de las partes, se comprenda y no se opte por tener represalias para la próxima vez.

Es importante que en la sentencia de divorcio se vea reflejada la fecha límite ya que, en caso de que no aparezca, se podrá informar de los días elegidos para pasarlos con los hijos sin previo aviso; con lo que supondrá una falta de tiempo para la otra persona a la hora de organizarse. En caso de revisar la sentencia y ver que no aparece dicha cláusula es importante modificar el convenio ante el juzgado para evitar futuros problemas y poder planificarse con antelación.

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Muchos padres separados optan por combinar la elección del periodo vacacional por año, es decir, cada año le toca decidir a uno primero qué fechas prefiere tener a los niños.

Documentación necesaria

Una vez acordados los días a disfrutar con los hijos en consenso con la ex pareja, existe una serie de documentación imprescindible a la hora de viajar con un menor, más si el destino es fuera del país de origen. ¿Qué se necesita tener para que los hijos de padres separados no tengan problemas en viajar con mamá o papá?

  • Lo primero es conocer si en la sentencia de divorcio aparece la parte en la que permite a los padres organizar viajes al extranjero con los menores.

  • A pesar de que en la sentencia aparezca lo anteriormente citado, es necesario tener el consentimiento por escrito del padre/madre para sacar a los hijos del país. Tal y como comenta Zurich Seguros, “si uno de los progenitores se opone al viaje de forma injustificada, se debe consultar con un abogado para que presente ante el Juzgado una carta formal pidiendo autorización judicial que suplante el consentimiento que no se ha obtenido. Es recomendable acompañar esta solicitud con los billetes de avión ida y vuelta”.
  • La autorización se puede hacer gratis a través de cualquier oficina de Policía completando un formulario que deberá pedirse una semana antes de la fecha estimada del viaje. En él pedirán:
    • Nombre y apellidos del menor.
    • Datos de ambos progenitores o de la persona que tenga la patria potestad (si el niño viaja con amigos de la familia, u otro miembro de la misma que no sean los padres, es necesario presentar un fotocopia de su D.N.I y pasaporte).
    • Fotocopia del D.N.I tanto del menor como de ambos padres o representante legal.
    • Libro de Familia.
    • Fotocopia del billete de ida y vuelta.

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  • El Pasaporte o DNI del niño es fundamental, que deberá custodiarlo quien en ese momento tenga al hijo/os. En caso de que una de las partes se oponga, se tendrá que acudir al Juzgado y pedir al juez/a que requiera a la otra parte que entregue el DNI cada vez que se esté con el menor.
  • Es importante destacar que la tarjeta sanitaria pertenece a los niños y por tanto debe ser compartida entre los padres cuando viajen con los más pequeños. En caso de conflicto, desde la figura del Defensor del Pueblo y basado en quejas de padres que han visto truncados sus viajes por ello, se ha permitido la duplicación de la tarjeta sanitaria (TSI) para los hijos de padres separados con custodia compartida. De esta forma, cada progenitor dispone de una tarjeta sanitaria por cada hijo.

Mantener el contacto en vacaciones

Los padres a pesar de estar separados deben velar por los derechos de sus hijos, y entre todos ellos está el de poder hablar con su madre o padre en el tiempo que está separado de uno de ellos. Independientemente de cómo ha acabado la relación entre los progenitores, es fundamental un entendimiento por el bien del menor. Por ese motivo, en época de vacaciones, la persona que esté con los hijos deberá proporcionar un método de comunicación para que su hijo pueda hablar con uno de sus padres bien mediante Whatsapp, Skype, llamadas o mensajes.

Esta parte es la más lógica pero en demasiadas circunstancias, más de las que gustaría, esto no sucede así. En caso de que una de las partes se vea perjudicada a la hora de mantener el contacto con su hijo existen varias posibilidades en las que puede recurrir:

  • Sin sentencia de divorcio: Asegurar que hay un apartado en el que se incluya la franja horaria y medio de comunicación con los hijos en el convenio regulador. Siempre y cuando la edad se lo permita, también podrá existir la posibilidad de que el menor tenga un móvil propio para poder comunicarse.
  • Con sentencia de divorcio: En caso de que exista dicha cláusula, deberá cumplirse obligatoriamente. En caso de que una de las partes se niegue a ello se podrá solicitar la ejecución de la sentencia, que consiste en presentar demanda ante el Juzgado haciendo cumplir lo acordado por convenio y llegando a imponer medidas económicas en caso de incumplimiento.
    • Si por el contrario hay sentencia pero no viene recogida dicha comunicación necesaria entre padres e hijos, la parte perjudicada tendrá que solicitar un expediente de jurisdicción voluntaria o abrir un procedimiento de modificación de las medidas recogidas en el convenio regulador. Y de una u otra dependerá:
      • Expediente de jurisdicción: No es necesario abogado ni procurador, y es la opción más rápida y económica. En ella se exponen los problemas existentes en cuanto a la comunicación con los hijos y las razones por las que se solicita la frecuencia y franja horaria para las mismas.
      • Procedimiento de modificación: Es aquella que facilita la modificación en las medidas ya reflejadas en el proceso de divorcio, pudiendo ampliar los plazos y cambiando todo lo que hasta el momento se está incumpliendo o no se está obligado a cumplir.

Es fundamental parar y pensar que a pesar de las diferencias que existan entre las partes, lo importante es velar por los intereses de un pequeño que no tiene por qué pagar el poco entendimiento que exista entre sus padres. Una vez se ponga el bien de los menores por encima del bien individual comenzarán a existir más soluciones que problemas.