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Educación financiera Act. 25 abr 2017

Cómo afecta a los clientes de banca la ley antiblanqueo

La ley de prevención del blanqueo de capitales ha hecho que los bancos que operan en nuestro país se hayan puesto en contacto con sus clientes, para la digitalización del DNI y para tomar registro de sus actividades económicas. El plazo para hacerlo finaliza el 30 de abril, por lo que las cuentas de aquellos usuarios que aún no hayan proporcionado dicha información podrán verse bloqueadas hasta que se solvente la incidencia.

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¿Por qué lo hacen?

La citada Ley de prevención del blanqueo de capitales nace como mecanismo para introducir en nuestro país la Directiva 2005/60/CE del parlamento europeo y del consejo. Dichas herramientas se han articulado como forma de luchar contra la corrupción, mediante un mayor control de los movimientos económicos sospechosos. Para lograrlo, las entidades bancarias deben notificar al Ministerio de Hacienda todos aquellos movimientos sospechosos que no correspondan con las actividades económicas declaradas por los usuarios. Además, estos deberán estar correctamente identificados.

¿Por qué necesitan digitalizar mi DNI?

Con el sistema actual, la oficina principal de un cliente posee una fotocopia impresa del DNI, pero este documento no se encuentra disponible en otras oficinas de la red. Para favorecer la correcta identificación del titular, se solicita la presentación del DNI para escanearlo e introducirlo en los sistemas informáticos de la entidad, de forma que sea accesible desde cualquier sucursal.

Algunas entidades han ido solicitando la información de sus clientes desde la aprobación de la ley en 2010, pero se han intensificado los contactos durante los meses previos al fin del plazo. Si para entonces no se ha logrado obtener datos sobre los ingresos de los clientes, es posible que se bloqueen las cuentas hasta que Hacienda determine la legalidad de los mismos.

¿Qué es un movimiento sospechoso?

Para determinar si un movimiento es sospechoso o no, se atenderá a las circunstancias particulares de cada titular. De esta forma, podrá considerarse como un movimiento sospechoso aquel ingreso de cuantía extraordinaria, cuyo origen no esté lo suficientemente claro. Para hacerlo, las entidades bancarias han estado solicitando información sobre las actividades económicas de sus clientes, determinando si se encuentran en el paro o si están trabajando, así como si lo están haciendo por cuenta propia o para terceros.

Por ejemplo, un traspaso entre particulares no debería ser considerado como movimiento sospechoso siempre que sea inferior a 10.000 euros y que el origen de este dinero sea legal. Pese a ello, es posible que el banco solicite información sobre la justificación de estos fondos a la entidad de la que proceda. Esta ley no perjudica a los clientes, más allá de tener que identificarse adecuadamente e informar sobre su situación profesional, por lo que si aún no has cumplido con los requerimientos de tu entidad bancaria, es recomendable aprovechar los últimos día de plazo.