Prestación por desempleo vs. subsidio por desempleo: requisitos para cobrar el paro en España
Para cualquier persona que pierde su puesto de trabajo y no tiene posibilidad de encontrar otro rápidamente es importante conocer los trámites que debe de hacer para no dejar de percibir un ingreso mensual. En España, el Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) dispone de varias prestaciones para quienes se encuentren en esta situación. La más conocida es la prestación por desempleo o paro, pero existe otra opción denominada subsidio de empleo. Ambas suponen una cantidad de dinero para el desempleado, aunque existen diferencias como el periodo cotizado, la duración de la ayuda o su cuantía.

La prestación por desempleo, comúnmente conocida como paro, es un seguro de desempleo, gestionado por el SEPE, que protege las finanzas personales de quienes han perdido su trabajo. Incluye tanto a quienes han perdido su trabajo como a quienes han visto reducida su jornada laboral de forma temporal o definitiva entre un 10% y un 70%. Es decir, que las personas que renuncian voluntariamente a su empleo no pueden solicitar esta prestación.
Para poder acceder a la prestación, el solicitante debe haber cotizado a la Seguridad Social durante al menos 360 días en los últimos seis años. La duración de la prestación por desempleo varía dependiendo del tiempo que el solicitante haya estado empleado en esos seis años anteriores al cese de la actividad laboral. Por cada año cotizado, el trabajador tiene derecho a la prestación durante cuatro meses, siendo este el periodo mínimo, y el máximo, dos años.
Esta prestación es contributiva, es decir, incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal, invalidez, muerte y supervivencia, asistencia sanitaria, maternidad y paternidad, así como el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad severa.
¿Cuál es la cuantía de la prestación por desempleo en España?
La cuantía mensual de la prestación por desempleo depende de las bases de cotización a la Seguridad Social durante los últimos 180 días cotizados, excluyendo las horas extraordinarias. Para determinar la cuantía, se calcula la media de la base de cotización de ese periodo. Durante los primeros 180 días, el beneficiario recibe el 70 % de la base reguladora; a partir del día 181, el porcentaje se reduce al 60 % de dicha base.
A la espera de que se publiquen los Presupuestos Generales del Estado para 2024 en España, el IPREM seguirá congelado, con los valores registrados en 2023:
- IPREM diario: 20 euros/día.
- IPREM mensual: 600 euros/mes.
- IPREM anual (12 pagas): 7.200 euros/año.
- IPREM en cómputo anual (14 pagas): 8.400 euros.
Hasta el Real Decreto-ley 2/2024, la cuantía del subsidio por desempleo era fija en un 80 % del IPREM para todo el periodo de cobro. La duración máxima del subsidio se mantiene en 30 meses, con una base de cotización equivalente al 125 % del salario mínimo interprofesional (SMI) para los beneficiarios mayores de 52 años.
¿Cómo se solicita el paro en España?
La solicitud debe hacerse en un plazo de 15 días hábiles posteriores al último día trabajado, al retorno del extranjero o la salida de prisión. En el caso de que la empresa abone las vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese del trabajador, la solicitud debe hacerse en los quince días hábiles posteriores al periodo equivalente a los días de vacaciones que le correspondan.
El primer paso es darse de alta como demandante de empleo en la oficina de empleo de la región de residencia. Este trámite es presencial. A continuación, puede hacer la solicitud para la prestación de forma presencial mediante cita previa o de forma telemática.
La solicitud se presentará a través de:
- La sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la Sede Electrónica del SEPE o a través del teléfono).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
Si se hace de forma digital, el solicitante necesitará el certificado digital, el DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve. El trámite está dentro de la sección de Personas en Procedimientos y Servicios, seleccionado el apartado ‘Solicite y reconozca su prestación contributiva’.
Requisitos para acceder al subsidio por desempleo en 2025
El Real Decreto-ley 2/2024, aprobado el 21 de mayo y con entrada en vigor en noviembre de 2024, ha introducido varias modificaciones que amplían el acceso al subsidio por desempleo, atendiendo a diversas circunstancias personales y laborales. Estas reformas buscan garantizar un sistema más equitativo y accesible para aquellos que no cumplen con los requisitos de la prestación contributiva.
Para acceder al subsidio por desempleo en 2025, el solicitante debe cumplir los siguientes requisitos:
- Haber trabajado y cotizado al menos tres meses en régimen de alta en la Seguridad Social.
- No superar un umbral de ingresos brutos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, excluyendo las pagas extraordinarias.
- No ser menor de 45 años sin responsabilidades familiares.
- No ser trabajador agrario eventual ni trabajador transfronterizo de Ceuta o Melilla.
- No ser emigrante retornado sin derecho a la prestación contributiva.
- Ser mayor de 16 años y ser víctima de violencia de género o sexual.
- Tener responsabilidades familiares, lo que influirá en la duración del subsidio.
Además, se incluye a nuevos colectivos como beneficiarios, tales como trabajadores temporales incluidos en el Régimen General y Especial de la Seguridad Social, socios de cooperativas con cobertura de contingencia, trabajadores extranjeros residentes legalmente en España, funcionarios temporales y aquellos cuyo contrato haya finalizado durante una baja por maternidad, paternidad o incapacidad temporal.
La duración del subsidio varía según el número de meses cotizados y las responsabilidades familiares del solicitante. Si el solicitante tiene responsabilidades familiares, podrá recibir el subsidio durante tres, cuatro o cinco meses, dependiendo de los meses cotizados, con un máximo de 21 meses si ha cotizado seis o más meses. Por otro lado, quienes no tengan responsabilidades familiares podrán acceder a un subsidio de hasta seis meses si han cotizado al menos seis meses, sin llegar a los 360 días de cotización.
Cuantías del subsidio de desempleo en España
Según la página web del SEPE, "los beneficiarios y beneficiarias del nivel asistencial del desempleo podrán percibir las siguientes cuantías":
- 6 primeros meses: 95 % del IPREM (aproximadamente 570 euros, según la referencia actual).
- 6 meses siguientes: 90 % del IPREM (aproximadamente 540 euros).
- Resto del periodo: 80 % del IPREM (aproximadamente 480 euros).
Es importante tener en cuenta que el IPREM puede sufrir modificaciones anualmente, por lo que las cuantías del subsidio pueden ajustarse dependiendo de los cambios en el indicador. Para conocer las cifras exactas y actualizadas, se recomienda consultar la página oficial del SEPE o los últimos datos publicados por el Ministerio de Trabajo.
Compatibilidad de empleo y ayudas por desempleo
La reforma antes descrita introduce el "Complemento de Apoyo al Empleo", el instrumento de compatibilidad tanto del subsidio de desempleo, como de la prestación ordinaria, con la incorporación laboral.
Por tanto, la reforma permitirá compatibilizar un empleo o una beca con el cobro tanto del subsidio, como del paro. Esta situación se podrá prolongar durante un período máximo de 6 meses.