Cerrar panel

Cerrar panel

Cerrar panel

Cerrar panel

Cómo afectan los periodos sin cotización a la pensión de jubilación

Los llamados descansos en la cotización, es decir, los períodos en que no se está cotizando, afectan a la pensión de jubilación. La medida en que lo hacen depende de factores como la duración de esos periodos, las prestaciones o subsidios que se perciben durante este tiempo o el nivel salarial alcanzado en el momento de la jubilación.

Los españoles entre 55 y 65 años ahorran menos y sufren un mayor estrés financiero

Una preocupación común entre quienes han experimentado períodos de desempleo es cómo la discontinuidad en la cotización puede influir negativamente en la cuantía de sus futuras pensiones. Aunque estos períodos afectan a la pensión, generalmente no lo hacen de manera drástica. El impacto varía según las circunstancias específicas de cada trayectoria laboral.

Contexto del desempleo en España y su impacto en las pensiones

Al cierre de 2024, España registró una tasa de desempleo del 10,6%, la más baja desde 2008, aunque aún por encima de la media de la Unión Europea, que se situó en un mínimo histórico del 6,0%, según los datos más recientes de Eurostat. Esta tasa de desempleo en España equivale a aproximadamente 2.595.500 personas desempleadas.

Protección de las pensiones contributivas ante lagunas de cotización

Los acuerdos de subsidio a las cotizaciones protegen de manera muy significativa a los trabajadores de la pérdida de derechos a la hora de percibir la pensión. El trabajador en paro seguirá dado de alta en la Seguridad Social mientras perciba su prestación y el SEPE asumirá la aportación por cotizaciones sociales que anteriormente abonaba la empresa, es decir, el 23,6% de la base de cotización.

Ahora bien, hay que tener en cuenta, tal y como explican fuentes de BBVA Mi Jubilación, que esas lagunas de cotizaciones se integran asignando al mes en que no haya habido cotización (y la base de Cotización sea de 0 euros), un valor ficticio por el que realmente no se contribuyó, pero que sí se computa para calcular la pensión de jubilación. Por tanto, durante las primeras 48 mensualidades sin cotización se integrarían con la base mínima de entre todas las existentes en cada momento; mientras que si hubiera más de 48 mensualidades a integrar, a partir de la 49 se integrarían con el 50% de dicha base mínima.

Un caso distinto es el de los trabajadores que siguen sin encontrar empleo superado el periodo máximo de recepción de la prestación contributiva. En ese supuesto, tanto si dejan de percibir prestaciones como si cumplen los requisitos para acogerse a subsidios no contributivos por desempleo, habrán dejado de cotizar a la Seguridad Social.

Esta regla admite una serie de excepciones detalladas por el SEPE. Afectan a “los desempleados perceptores de subsidio mayores de 52 años o a los fijos discontinuos también mayores de 52 años que hayan estado en situación de desempleo antes del 2 de marzo de 2022”. En estos dos supuestos, el trabajador sí que sigue cotizando por jubilación, aunque sobre una base imponible mucho más baja.

En consecuencia, las lagunas en la cotización surgen cuando el SEPE deja de abonar la correspondiente cuota de jubilación del desempleado, y esto solo ocurre cuando ya se han agotado todas las prestaciones o no se ha generado derecho a ellas. En ese escenario, el desempleado dispone de la opción de firmar un convenio especial con la Seguridad Social para seguir cotizando, y abonar cada mes las cuotas que correspondan. Otra alternativa es la que ofrecen, por supuesto, los planes de jubilación privados.

¿Cuánto puedes perder en tu pensión por no cotizar?

En el caso de los trabajadores que resulten afectados por estas discontinuidades o descansos, el porcentaje de pérdida de pensión de jubilación dependerá de dos factores principales: su rango salarial y el número y duración de esos periodos de pausa en la cotización, que se denominan “descansos”.

Estos distintos porcentajes responden al hecho de que el sistema de pensiones públicas vigente en 2025 establece cuantías mínimas y máximas —actualmente fijadas en 10.963,40 euros anuales y 39.469 euros, respectivamente—. De este modo, los trabajadores que se aproximan a estos límites (ya sea en el extremo inferior o superior) verán limitado el impacto negativo de los periodos de descanso en la cuantía final de su pensión.