Cerrar panel

Cerrar panel

Cerrar panel

Cerrar panel

Educación financiera Act. 17 nov 2016

El seguro de vivienda explicado con sencillez

Todos sabemos que es recomendable tener un seguro para algunas situaciones pero es frecuente encontrarnos con términos técnicos que no entendemos. Los seguros protegen frente a un riesgo, como accidentes o daños, tanto a las personas como a los bienes.

El titular del seguro paga una cantidad, llamada prima. A cambio, en el caso de que se produzca ese accidente o daño, la compañía aseguradora afronta los gastos, paga una suma de dinero u ofrece otras prestaciones, según las coberturas.

Los seguros de vivienda permiten proteger tu vivienda y los bienes que hay dentro en caso de producirse daños. Explicamos en cinco pasos las claves esenciales para hacer más sencilla la contratación de un seguro de vivienda:

1.- ¿Cuándo debo contratar un seguro de hogar?

Proteger la vivienda contra riesgos como incendio o robo es algo esencial que debería hacer cualquier propietario de vivienda. Además, cuando contratas una hipoteca, las condiciones suelen ir ligadas a la suscripción de un seguro de hogar. Lo ideal es contratar el seguro en el momento que se compra la vivienda, aunque no se tenga hipoteca.

2.- ¿Qué es asegurar el continente y el contenido?

Los seguros de vivienda tienen dos partes esenciales: continente y contenido.

¿Qué es el continente? Son los elementos fijos del edificio, como suelos, paredes, e instalaciones fijas, tales como calefacción, electricidad y agua. Para contratar un seguro de vivienda, es necesario informar del tamaño de la vivienda según los metros cuadrados construidos y tener una valoración correcta del continente.

Lo ideal es contratar el seguro en el momento que se compra la vivienda, aunque no se tenga hipoteca

¿Y el contenido? Son todos los bienes dentro de la vivienda, como los muebles, las joyas o dinero. En este caso, podemos fijar en el contrato la cantidad que queremos percibir en caso de siniestro, aunque lo mejor es dejarse asesorar por un profesional para no pasarnos de cobertura ni quedarnos cortos, en función de lo que tengamos en nuestra casa.

3.- ¿Por qué tengo que asegurar la responsabilidad civil?

Otro elemento muy importante de los seguros de vivienda es la cobertura de la responsabilidad civil.

El ejemplo que siempre se suele poner en estos casos es el de la caída ocasional desde nuestro domicilio de un objeto (una maceta, una teja, etc.) que pudiera ocasionar daño a alguien que pasa por la calle.

También está el típico caso de un grifo abierto que acaba haciendo una gotera en el piso de abajo. En estos casos, el seguro cubrirá los daños ocasionados a terceros.

El seguro, además, cubre los gastos de defensa jurídica por acciones derivadas de la responsabilidad civil del asegurado.

4.- ¿Tengo servicio de asistencia si contrato un seguro de hogar?

Hoy en día muchos seguros de vivienda incluyen un servicio de asistencia para reparar siniestros. Esto quiere decir que si sufrimos un percance asegurado, como rotura de puerta por intento de robo, daños por agua, problemas eléctricos y un largo etcétera, el seguro nos enviará un servicio de asistencia que nos hará la reparación, en lugar de abonarnos una indemnización.

Además, en muchos seguros existe también el servicio de “manitas” por el que nos envían un profesional para temas como colgar cuadros o cortinas, o arreglos sencillos en la casa.

5.- Si estoy en un piso alquilado, ¿tengo que contratar un seguro de vivienda?

La contratación de estos seguros es voluntaria para el propietario del inmueble, pero es muy recomendable tanto si eres propietario como inquilino.

Además, si vas a contratar un seguro de vivienda, recuerda estos temas clave:

  • Lee bien el contrato y pregunta todas las dudas. Los seguros pueden tener diferentes coberturas de riesgos o imprevistos.
  • Los seguros pueden ser temporales o anuales renovables. La prima de los seguros anuales renovables puedes pagarla cada año o con otra frecuencia, como cada mes o cada trimestre.
  • Si no deseas renovar o prorrogar el seguro, comunícalo por escrito con antelación suficiente antes de que finalice el contrato.