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Planificación> Impuestos 11 feb 2025

¿Cómo incluir las criptomonedas en la declaración de la renta en España?

No siempre queda claro cómo tributar las criptomonedas en las declaraciones del impuesto sobre la Renta. A partir de ahora, en España este proceso será más claro, ya que la Agencia Tributaria ha añadido una casilla específica donde los contribuyentes han de incluir las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de las compras y ventas de las monedas digitales que poseen. Ofrecemos aquí una pequeña guía para declarar la tenencia y operaciones con criptomonedas con el objetivo de poder planificar y evitar imprevistos que puedan afectar más adelante a la salud financiera.

Cómo incluir las criptomonedas en la declaración de la renta en España

En los últimos dos años la popularidad de las criptomonedas ha crecido de forma exponencial. Y como siempre que ocurre un fenómeno de este tipo, la regulación va a remolque. Ya está aquí la fecha de las declaraciones del impuesto de Renta y este año —por el ejercicio de 2024— serán muchos los que deban incluir operaciones con criptomonedas.

Para hacer la Declaración de la Renta en España, los movimientos con criptomonedas se consideran generalmente ganancias y pérdidas patrimoniales. Por lo tanto, lo novedoso no es tener que declarar las ganancias y pérdidas derivadas de las compras y ventas de dichas criptomonedas, sino que haya un apartado específico para hacerlo. La Agencia tributaria ha añadido un nuevo apartado dedicado exclusivamente a la declaración de criptomonedas. Se trata de las casillas 1800-1814 en las que hay que detallar:

  1. Transacciones realizadas.
  2. Valor de las adquisiciones de las criptomonedas.
  3. Fecha en la que se llevaron a cabo.

Así se calculan las pérdidas o las ganancias en el borrador de la Renta.

En las casillas 1802 y 1803 deben incluirse las intercambiadas y las recibidas en su lugar.

En las casillas 1804 y 1806 se incluye el valor del intercambio y la adquisición. Es decir, en ellas se calcula la ganancia patrimonial que se ha obtenido.

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Consejos para declarar la compra-venta de criptomonedas

Si una persona vende, a dinero fiat, cambia su criptomoneda por otra, o la cambia por bienes o servicios, entonces debe incorporar las ganancias o pérdidas que obtenga en la declaración. También puede ocurrir que haya múltiples operaciones de compraventa de estas criptodivisas.
Sin embargo, las criptomonedas pueden generar ingresos mediante otras fórmulas. La minería, puede ser una actividad económica según la Dirección General de Tributos, si utilizamos medios personales y materiales, si bien en principio según Tributos no queda sujeta a IVA por no existir una contraprestación directa a la misma.

Las ganancias por ‘staking’, otra de las fórmulas para obtener réditos financieros de las criptomonedas, también tienen que declararse. Si una persona física o jurídica configura un nodo y pone unas criptomonedas en un monedero a hacer ‘staking’ puede recibir una recompensa por cada bloque que crea.

Respecto al ‘staking’ indirecto o delegado, aquel que se hace mediante una plataforma, la Dirección General de Tributos no se ha pronunciado, pero parece más lógico aún pensar que "cuando la persona deja sus monedas en un monedero, en un ‘smart contract’ o en un ‘exchange’ y, a cambio, recibe parte de las recompensas, ahí sí que sería un rendimiento de capital mobiliario", sostiene el especialista en fiscalidad de criptoactivos.

Es importante saber si es un rendimiento de capital mobiliario o derivado de una actividad económica, porque los primeros tributan en la base del ahorro al tipo de entre el 19 y el 26% en 2022 (19 y 28% en 2023), y los rendimientos procedentes de una actividad económica tributan en la ‘base general’ a un tipo que puede oscilar entre el 19% y el 48%.

Tanto el 'staking' directo como el indirecto, lo que sí ha determinado la Dirección General de Tributos, es que están sujetos a IVA, a diferencia de la minería, si bien quedan exentos de dicho impuesto.

Cómo incluir las criptomonedas en la declaración de la renta en España

¿Cuáles son los tipos impositivos de las criptomonedas?

En el IRPF, pagarás por todas las ganancias que hayas tenido de estas tres actividades (venta, cambio y 'staking' de criptomonedas) según estos tramos:

  • Por los primeros 6.000€ ganados se paga un 19% de IRPF.
  • De 6.001 a 50.000€ de ganancias se paga un 21%.
  • De 50.001 a 200.000€ ganados se paga un 23%.
  • De 200.001€ a 300.000€ ganados se paga un 27%.
  • A partir de 300.001€ ganados se paga un 28%.

Además, también es obligatorio declarar los saldos en criptomonedas que superen los 50.000 euros.

Modelos para declarar saldo y operaciones con criptomonedas

Para declarar las criptomonedas y monedas virtuales se usan los siguientes modelos:

Modelo 172: saldo de monedas virtuales.

Modelo 173: operaciones con moneda virtual.

Modelo 721: criptomonedas situadas en el extranjero.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 721?

  • Las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español
  • Los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades no residentes
  • Las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (LGT), es decir, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición.

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