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Deuda> Préstamos y créditos Act. 11 mar 2024

Diferencias entre leasing y renting: cómo tener un coche sin comprarlo

Cuando llega la hora de cambiar de coche, la opción más común es la de comprar uno nuevo, ya sea al contado o pidiendo financiación. Pero existen otras opciones como el renting, por el que el una persona alquila un coche durante un tiempo determinado y pagando una cuota fija que incluye los gastos de mantenimiento del vehículo, o el leasing, más enfocado hacia compañías que necesitan vehículos de empresa.

Diferencias entre leasing y renting: cómo tener un coche sin comprarlo

El 'renting' es un contrato de alquiler de coches a largo plazo (tiene una duración mínima de 12 meses y máxima de hasta 72 meses) mediante el cual una empresa o un particular puede utilizar un coche de un modelo determinado y con un kilometraje especificado a cambio del pago de una cuota mensual.

Servicio BBVA Autorenting, con múltiples opciones de plazos y kilometraje

Hasta hace poco, eran las empresas y los autónomos los que optaban por esta alternativa para desarrollar su actividad empresarial, pero son cada vez más los particulares que eligen esta fórmula en lugar de adquirir un coche: uno de cada cuatro vehículos para particulares se matriculan en España a través de esta opción.

El contrato de 'renting' incluye una serie de gastos y servicios que explican el éxito creciente de este modelo. Los más habituales son:

  • Gastos asociados a la compra del vehículo (impuesto matriculación).
  • Servicio de mantenimiento y revisiones, así como el cambio de neumáticos.
  • Servicio de asistencia en carretera.
  • Seguro.
  • Servicio de reclamación de multas.

Además, se ofrece la posibilidad de contratar algunos servicios adicionales como tarjeta de carburante, gestión limitada de multas, recogida y entrega del vehículo, defensa del carnet por puntos o incluso vehículo de sustitución ilimitado.
Al finalizar el contrato de renting el usuario tiene la opción de ampliar el alquiler por un año más; devolverlo o contratar un nuevo coche de renting.

Diferencias entre leasing y renting: cómo tener un coche sin comprarlo

Ventajas fiscales del 'renting' para empresas y particulares

Otra razón importante por la que tanto negocios como autónomos deciden disfrutar de un coche mediante un contrato de renting, en lugar de comprarlo, es que este sistema ofrece ciertas ventajas fiscales.

En España, el renting se considera un alquiler. La cuota pagada, no resulta un gasto deducible en IRPF para los particulares, pero sí podría serlo, siempre que se cumplan ciertos requisitos marcados por la normativa fiscal, para los autónomos.

En caso, cuando un autónomo esté dado de alta en régimen de estimación directa, podrán desgravar la citada cuota de alquiler siempre que el bien se destine al uso profesional (tiene que estar destinado a la actividad del autónomo y no puede usarse para uso particular); en cambio, si el citado autónomo se encuentra dado de alta en el régimen de estimación objetiva (por módulos) no podrán deducirse el citado gasto.

¿En qué situaciones es apropiado el 'leasing'?

Por su parte, el 'leasing' se dirige a empresas o profesionales que desarrollan una actividad comercial, industrial, agraria o de servicios que necesitan equipamiento (vehículos en este caso). El contrato contempla el arrendamiento financiero de un bien por una cuota periódica (que incluye el coste de la cesión, los intereses y los gastos de financiación). El contrato de 'leasing' incluye, a su vencimiento, una opción de compra sobre el bien, normalmente por importe de una cuota.

En este proceso intervienen dos figuras:

  • Arrendador: adquiere el bien, siguiendo instrucciones del arrendatario, y le cede su uso por un periodo de tiempo determinado.
  • Arrendatario: es la empresa que contrata el leasing. Está obligada a abonar las cuotas durante el periodo de vigencia del contrato, así como de elegir si lo adquiere o no.

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Diferencias entre leasing y renting: cómo tener un coche sin comprarlo

Funcionamiento del 'leasing'

Para acceder al ‘leasing’, hay que dar una serie de pasos:

  1. Adquisición del producto: la empresa de 'leasing' adquiere el bien elegido por el cliente, siguiendo sus indicaciones.
  2. Firma del contrato: se cierra el acuerdo entre arrendador (empresa de 'leasing') y arrendatario, por el cual este último disfrutará del producto en las condiciones acordadas y durante el tiempo fijado.
  3. Pago de las cuotas: cada mes, y durante el tiempo que esté vigente el vínculo, el arrendatario abonará al arrendador la cuota pactada, que incluye el coste del bien y los intereses.
  4. Compra, prórroga o devolución: una vez finalice el contrato, el arrendatario podrá adquirir la propiedad del bien ejercitando la opción de compra, prorrogar el alquiler o devolverlo al arrendador.

Entre las ventajas del leasing destaca:

  • Permite financiar el 100% del valor que tenga el bien. Esto hace que, en caso de querer comprarlo al terminar el arrendamiento, se reduzca el desembolso inicial.
  • Mantiene casi intacta la liquidez a disposición del empresario (no se descapitaliza). Solo se aplica en las cuentas una pequeña cuota mensual y no el que sería el coste total del producto.
  • Permite una mejor planificación: el empresario conoce la cantidad que va a pagar por arrendar el producto que necesita.
  • Posibilidad de adquirir el producto: a diferencia del 'renting', el leasing incorpora la posibilidad de adquirir la propiedad a la finalización del contrato si el arrendatario así lo desea.
  • Ofrece importantes ventajas fiscales: por ejemplo, acelera la amortización fiscal o hace posible el pago diferido del IVA, cumpliendo varios requisitos establecidos por la normativa fiscal.

Diferencias entre el leasing y el renting

Existen diferencias entre ambas modalidades:

  • En primer lugar, y como ya se ha dicho, se encuentra la opción de compra, disponible si se opta por el 'leasing', no así si se elige el renting (que solo va a permitir su alquiler). A ella se une, en segundo lugar, la disponibilidad, que se reduce a autónomos y empresas en el 'leasing', mientras que el 'renting' lo puede contratar, también, un particular.
  • Otra diferencia es la duración del contrato. En base a la normativa, la duración mínima para que el arrendatario disfrute de las ventajas fiscales del 'leasing', es de 2 años (si el bien es mueble) y de 10 años (si el bien es inmueble), no pudiendo ser cancelado el contrato (en este tiempo). En el 'renting', la horquilla más habitual es de uno y cinco años.