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Ingreso Mínimo Vital (IMV): ¿Qué es y cuál es el objetivo?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) se trata de una prestación mensual para los hogares que carecen de los recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas. Su objetivo es prevenir el riesgo de pobreza y de exclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad económica, mientras que persigue garantizar una mejora real de oportunidades de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias.

Ingreso Mínimo Vital (IMV): ¿Qué es y cuál es el objetivo?

En España, entró en vigor en junio de 2021, en un momento en que la pandemia había azotado duramente la salud financiera de muchas familias. La ayuda garantiza un mínimo nivel de renta y para concederse valora el nivel de ingresos y el patrimonio de la persona que lo solicita, independientemente de la comunidad en la que se resida.

“Ante acontecimientos excepcionales, son necesarias medidas excepcionales. Esta ayuda ha venido a paliar la supervivencia de los hogares más vulnerables”, explica Massimo Cermelli, profesor de economía de la Deusto Business School.

La prestación monetaria pretende mejorar las economías domésticas menos favorecidas y, desde hace varios años, las autoridades europeas reclamaban su implantación en España, uno de los pocos países donde no existía una ayuda de carácter estatal. Más de 20 países del Viejo Continente cuentan con programas similares: Renta de Solidaridad Activa, se llama en Francia, Renta Mínima de Subsistencia, en Alemania, o Crédito Universal, en el Reino Unido. El objetivo de estos programas siempre es el mismo: asegurar una renta mínima para luchar contra la pobreza y conseguir mayores niveles de inclusión social.

En Australia y Nueva Zelanda también existen ayudas sociales de similares características. En América Latina, la Comisión Europea para América Latina y el Caribe (CEPAL) propuso, al comienzo de la pandemia, avanzar sobre un ingreso básico para ayudar a la población más vulnerable. Pero su aterrizaje ha sido complicado. En medio de la debacle económica y social desatada por el COVID-19, más de 29 países latinoamericanos lograron dar algún tipo de ayuda puntual a las familias más vulnerables. Entre ellas:

  • Transferencias monetarias, en especie (alimentos y mascarillas)
  • De protección social (control de precios o rebajas fiscales, por ejemplo) que algunos gobiernos, como el paraguayo, mantienen y otros, como el peruano, extinguieron con el fin del confinamiento.

A nivel regional, la experiencia más cercana a un ingreso básico universal se puede encontrar en Maricá, Brasil, donde se ha desarrollado desde 2013 un programa de Renta Básica de Ciudadanía como parte de un proyecto de economía solidaria, orientado a su contribución al desarrollo local. “Se trata de una transferencia monetaria efectuada a través de una moneda social, con una cobertura progresiva”, resalta Claudia Robles, oficial de Asuntos Sociales de la División de Desarrollo Social de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).

Cabe destacar también experiencias relevantes respecto a prestaciones de cobertura universal o progresiva hacia la universalidad dirigidas a poblaciones específicas:

  • Pensiones no contributivas para las personas mayores, tales como la Renta Dignidad, en el Estado Plurinacional de Bolivia.
  • La Pensión Universal de adultos Mayores, en México.
Ingreso Mínimo Vital (IMV): ¿Qué es y cuál es el objetivo?

¿Cuál ha sido su avance en España?

Desde su puesta en marcha el 15 de junio de 2021 lo reciben 428.043 hogares, con más 1,06 millones de beneficiarios, de los que 456.000 son niños y niñas, según los datos publicados en marzo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), institución que gestiona estas ayudas. “Esta prestación contribuye a cerrar la brecha de desigualdad, que ha aumentado mucho en los últimos tiempos. Factores como la COVID-19, la inflación, la subida de los precios de la energía… ponen a las personas en riesgo de exclusión social. Las administraciones públicas deben cubrir esos riesgos”, apunta Fernando Castelló Sirvent, economista y profesor de la escuela de negocios ESIC.

Del total de las prestaciones concedidas hasta la actualidad, la comunidad de Andalucía ha recibido más de 126.000, seguida de la Valenciana, con 49.387 y de Madrid, con 42.345. Por su parte, las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, con 2.048 y 2.111, respectivamente, muestran números relevantes si se tiene en cuenta su población. Por el contrario, La Rioja con 3.042, Cantabria con 4.643 y las Islas Baleares con 5.348 son las que menos prestaciones reúnen, según cifras del INSS.

¿Quién tiene derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital?

Estos son los requisitos necesarios para ser beneficiario del IMV en España:

  • El solicitante debe tener entre 23 y 65 años. Los jóvenes de entre 18 y 22 podrán hacerlo si tienen menores a su cargo o han estado tutelados por entidades públicas. También pueden pedirla las personas sin hogar.
  • Deben estar inscritos como demandantes de empleo, si no trabajan, tener residencia legal y efectiva en España, y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud. Un criterio que no se contempla si se es víctima de violencia de género o de explotación sexual.
  • Por el contrario, no se puede solicitar si se es beneficiario de una pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, de pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
  • En cuanto al tiempo, no hay un vencimiento en la duración. Se mantendrá mientras persista la situación de vulnerabilidad económica y los requisitos. “No se trata de convertir el IMV en algo endémico, sino cubrir una necesidad coyuntural, que es posible que se alargue unos años por las actuales circunstancias”, señala el profesor del ESIC.

¿Cuánto es el Ingreso Mínimo Vital para una persona?

La cuantía del Ingreso Mínimo Vital para el beneficiario individual o la unidad de convivencia es la diferencia entre la renta garantizada (desde 5.899,60 euros para un individuo solo y 12.979,12 euros para cuatro adultos y un niño) y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas, siempre que la cuantía resultante sea igual o superior a 10 euros mensuales. Para calcular el importe, se tienen en cuenta los recursos económicos de todos los miembros del hogar.

La cuantía mensual de la renta garantizada en 2023 es:

  •     Para un beneficiario individual, la mensualidad se ha fijado este año en 565,37 euros. Una cantidad que se eleva un 22% si la persona tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  •     Si la unidad familiar está formada por más personas, la cantidad se incrementa un 30% por miembro adicional a partir del segundo. Por ejemplo, para un hogar formado por un adulto y un menor, o por dos adultos, la cantidad a percibir será de 734,99 euros.

También los perceptores (o los que estén en trámite) pueden acceder a un nuevo complemento de ayuda para la infancia. Se trata de una asignación económica como un instrumento clave para luchar contra la pobreza infantil. El importe se establece en función del número de menores de edad miembros de la unidad de convivencia, y en función de la edad cumplida el día 1 de enero del correspondiente ejercicio (para 2023):

  • Menores de tres años: 115 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

¿Se puede combinar con otras prestaciones o ayudas?

Sí. El IMV puede cobrarse al mismo tiempo que las rentas del trabajo o que un ERTE, pero la prestación se recorta según la cantidad ingresada. También se puede recibir a la vez que las rentas obtenidas por el trabajo autónomo y en paralelo a ayudas sociales como becas para el estudio, para vivienda y otras similares.

Esta ayuda también se puede solicitar (y cobrar) con otras que conceden las comunidades autónomas, llamadas Rentas Mínimas de Inserción (RMI), y que gestiona el Servicio de Empleo Público Español (SEPE).

Cada comunidad plantea requisitos y establece unas cuantías diferentes, aunque en esencia su objetivo es el mismo que el IMV.

Obligados a declarar

En lo referente a la declaración de la renta, hay que tener en cuenta que los beneficiarios del IMV y los miembros de su unidad de convivencia, no menores, están obligados a presentar declaración por IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos.

Aunque el receptor de la ayuda no haya recibido ningún otro ingreso, debe hacer declaración de renta. Las consecuencias de no hacerlo pueden ser muy graves. Podría, incluso, perder esta prestación.