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El seguro de decesos, ¿qué es y por qué puede ser conveniente contratarlo?

Esta tipología de seguro es una de las más extendidas en España. Según los últimos datos de la patronal del sector Unespa, tres de cada cinco personas en nuestro país tienen contratado un seguro de decesos. Esto supone que más de 22 millones de ciudadanos disponen de una cobertura que evita a los allegados realizar gestiones y asumir posibles costes asociados a los servicios funerarios tras el fallecimiento de un familiar (lo que puede suponer un ahorro).

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El seguro de decesos tiene como objetivo principal la prestación del servicio funerario al fallecimiento del cliente, junto a los traslados correspondientes y el asesoramiento a los familiares sobre cuestiones jurídicas o la propia atención psicológica. La idea es que los allegados de la persona fallecida tengan que realizar los menores trámites posibles en un momento tan delicado como es la pérdida de un ser querido.

Qué es importante revisar antes de contratarlo

Los elementos más relevantes de este seguro son las coberturas. Dos de ellas, por regla general, son consideradas básicas y están compartidas por todos los productos de estas características: la prestación del servicio funerario y las gestiones administrativas. Sin embargo, cada vez más se están generalizando otras de carácter complementario y que resultan de gran ayuda en esos momentos de dolor:

  • Prestación del servicio funerario. Abarca el féretro, el coche fúnebre, el tanatorio, la despedida religiosa y hasta las flores, además de los gastos de inhumación o de incineración. Es habitual que a los familiares se les dé opción de escoger la funeraria que estimen oportuno así como el lugar donde se oficie el funeral. Según cada seguro, se incorporan también la realización y difusión de esquelas.
  • Gestiones administrativas. Estos seguros garantizan que un profesional se hará cargo del papeleo posterior al fallecimiento, como, por ejemplo, el certificado de defunción, la solicitud de la pensión de viudedad (o de jubilación o de orfandad, según el caso), la inscripción en el Registro Civil, la baja del libro de familia y de la Seguridad Social, o la adjudicación de herencias.
  • Traslado del fallecido. Es una cobertura opcional que posibilita el traslado del difunto y de un acompañante desde el lugar de fallecimiento hasta donde se llevará a cabo el sepelio. En el caso de los emigrantes, es conveniente comprobar que la repatriación está incluida.

Es bueno facilitar lo máximo posible las cosas a nuestros allegados una vez fallezcamos para evitarles los trámites de la burocracia en esos momentos tan duros.

  • Accidentes. Algunos seguros incluyen una indemnización por fallecimiento o por invalidez permanente en caso de accidente.
  • Asistencia en viaje. Permite cubrir en los desplazamientos temas como los gastos médicos, el regreso anticipado del viaje por fallecimiento de un familiar o la repatriación del asegurado por enfermedad o accidente.

Otras, como el testamento digital, el final de la vida digital, la asistencia domiciliaria, servicios de atención telefónica, etc.

Tipos de seguros de decesos

  • De prima única. Principalmente dirigidos a personas mayores que deciden contratar el producto y a los que se les ofrece realizar un único pago a la fecha de contratación.
  • De prima renovable. La prima crece anualmente según evolucionan el precio de los servicios funerarios y la edad de la persona asegurada. Suele ser la fórmula más suscrita por los clientes más jóvenes.
  • De prima nivelada. En este caso, la prima se mantiene prácticamente inamovible con el paso del tiempo, salvo ligeros incrementos derivados del coste de los servicios funerarios.

Infórmate sobre los seguros de decesos de BBVA

Dos consejos finales

Aunque sea un tema complicado de hablar, facilitar lo máximo posible las cosas a nuestros allegados una vez fallezcamos es importante, ya que lo más probable es que no se encuentren en las condiciones sentimentales propicias para atender a toda la burocracia a la que hay que hacer frente cuando una persona muere. Por ello, además de todas las consideraciones anteriores, es muy importante tener en cuenta dos hitos fundamentales:

  • Optar por el mejor producto. Como en casi todo lo que tiene que ver con nuestras finanzas, es imprescindible comparar productos, tanto en coste como en coberturas, antes de decantarnos por uno.
  • Conocer si nuestro ser querido disponía de seguro. Aunque lo más adecuado cuando se contrata un producto de estas características es informar a nuestros seres queridos (al menos, a los familiares más cercanos) por si es necesario hacer uso de él en alguna ocasión, es frecuente que, a veces, esto no sea así. En caso de duda, es aconsejable consultar el Registro de Contratos de Seguros, de carácter público y dependiente del Ministerio de Justicia, para conocer si el fallecido disponía de cobertura en caso de defunción.

En este caso, una planificación previa facilitará a los allegados los trámites tras el fallecimiento, además de no generar ningún imprevisto en su economía doméstica que repercuta en su salud financiera.

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