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Coronavirus Act. 28 abr 2020

Guía útil para realizar trámites administrativos en tiempos de coronavirus en España

El mundo se para, pero los trámites administrativos, en la mayor parte de los casos, son ineludibles. A pesar del confinamiento decretado por el estado de alarma en España, los ciudadanos que tengan que realizar gestiones con las administraciones públicas pueden hacerlos por vía electrónica o solicitar la información pertinente en los teléfonos de atención ciudadana.

Aquí encontrarás una guía útil para poder cursar cualquier trámite con tu ayuntamiento, comunidad autónoma, Seguridad Social, Hacienda o incluso Tráfico...

1. Trámites con tu comunidad autónoma

Las comunidades autónomas tienen transferidas un gran número de competencias; por tanto, no es casual que para realizar la mayoría de las gestiones, tengamos que recurrir a ellas.

Trámites relacionados con la Dependencia, ayudas para el alquiler, pago de tasas, solicitud de plaza en centros educativos, entre otras, se pueden consultar y realizar telemáticamente a través del punto de acceso electrónico, o bien llamando por teléfono a las distintas administraciones. En esta página web del Gobierno se puede consultar la información de los organismos de las distintas comunidades de España.

Además, hay que tener en cuenta la suspensión de los plazos para realizar trámites de procedimientos administrativos. Dicho aplazamiento se prorrogará hasta la fecha en que pierda vigencia el real decreto del estado de alarma en España.

2. Trámites con tu Ayuntamiento

Pago de impuestos y de multas, atenciones catastrales, registro… En el caso de trámites como estos con los ayuntamientos existen teléfonos de atención ciudadana y páginas webs por municipio para realizarlos. El Gobierno recopila en esta web todas las vías de contacto con las administración locales.

Además, en el caso del Ayuntamiento de Madrid, una de las ciudades españolas con un mayor número de casos, se ha habilitado un asistente virtual para responder a las principales dudas de los ciudadanos. Mientras que en Barcelona, otro foco importante de afectados, su ayuntamiento ha habilitado un apartado concreto para que el ciudadano tenga toda la información necesaria.

3. Trámites con la Seguridad Social

La Seguridad Social pone a disposición del ciudadano la opción de realizar los trámites urgentes a través de internet en la Sede Electrónica, del Sistema Red y del Registro Electrónico o llamando a los teléfonos 901166565 (INSS) y 901502050 (TGSS), dado que sus oficinas permanecen cerradas durante el estado de alarma.

Además, la web de la Seguridad Social habilitó el pasado 30 de marzo una sección con información útil relacionada con la pandemia, para dar respuesta a las dudas ciudadanas relacionadas con asuntos que tengan que ver con el sistema de protección social. En ella se podrán encontrar contenidos con información sobre subsidios, desempleo, autónomos y empresas… y un apartado propio sobre las pensiones.

En este sentido, para cualquier gestión, se puede realizar por firma electrónica o bien enviando un correo electrónico con la documentación escaneada en PDF o vía fotografía. Para los trámites en curso, la Seguridad Social ha suspendido las notificaciones, citas previas, etcétera, pero sí comunican a los ciudadanos sus resoluciones vía sms o correo electrónico.

4. Trámites con Hacienda

La Agencia Tributaria mantiene cerradas por el coronavirus sus oficinas de atención presencial, pero pone a disposición del ciudadano varias formas de contacto si se tiene algún trámite pendiente. La primera es vía web (www.agenciatributaria.es), mientras que la AET también ha habilitado los teléfonos 901 33 55 33 y 91 554 87 70 para cualquier duda y el 91 553 68 01 para temas de pagos, deudas y aplazamientos.

Además, los plazos para realizar determinados trámites tributarios se han ampliado, mientras que si se tiene alguna cita pendiente, el propio organismo indica que se podrá obtener más adelante una nueva.

En lo relativo a la campaña de la renta, esta no ha sufrido cambios. Como es preceptivo, se puede realizar la Declaración desde el 1 de abril hasta el 30 de junio, según el calendario fijado. Los contribuyentes pueden confirmar su borrador a través del programa Renta Web, con su firma electrónica, clave PIN o número de referencia, o bien acceder desde esa fecha a sus datos fiscales, consultarlo, modificarlo y presentarlo. Para los ciudadanos que deseen tramitar su renta vía telefónica, Hacienda pone a su disposición el servicio Le llamamos, que estará operativo desde el 7 de mayo.

Para ayudar al contribuyente que tenga la obligación de presentar la renta, BBVA ofrece a través de su ‘app’ (Android e iPhone) y de su web en España la información fiscal para que pueda hacerlo cómodamente desde su casa. Para ello, los clientes de BBVA tienen dos opciones: a través de la aplicación móvil y a través de la web.

5. Trámites con un notario

El Colegio de Notarios recomienda una serie de consejos en su web a la hora de solicitar algún servicio de sus colegiados. Si un ciudadano requiere un notario, recuerda que son servicio esencial y que, por tanto, atiende en casos de urgencias. Por ejemplo, los notarios están firmando pólizas de préstamos por videoconferencia, además de dar fe en casos de tener que hacer testamento, donaciones de bienes o herencias.

6. Renovación del DNI o el pasaporte

El Ministerio del Interior, a través de la Policía Nacional, informó que “la validez del DNI de las personas mayores de edad que caduque durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 13 de marzo de 2021 queda prorrogada un año más”.

Además, en el caso del DNI, si existiese una cita previa, se puede cancelar o modificar. Para lo referente al pasaporte, al ser un documento internacional, su vigencia no se extiende a 2021 y se tendrá que renovar tras el estado de alarma.

Aun así, es recomendable que, tras concluir el período de excepcionalidad, el ciudadano pida cita previa (de forma paulatina) para poder renovar su documento de identidad con normalidad.

7. Renovación del carné de conducir

La Dirección General de Tráfico (DGT) ofrece la posibilidad de acceder a prácticamente todos sus trámites de manera telemática, por vías alternativas a la presencial: a través de sus servicios ‘online’, registro electrónico, aplicación para móviles y tablets (miDGT) o por teléfono a través del 060.

El organismo comunicó, asimismo, que están suspendidas las citas previas presenciales a sus oficinas, por lo que ha dispuesto un listado de gestiones que solo se pueden realizar de manera telemática.

En el caso de que en estos momentos te estés sacando el carné de conducir y te caduque el plazo durante el estado de alarma, la DGT señala que el plazo de vigencia que se tuviera para presentarte se ve aumentado, de forma que no pierdes la convocatoria.

Además, la Dirección General de Tráfico ha prorrogado el periodo de vigencia de dos años de las pruebas superadas para la obtención de licencias de conducción y permisos; el periodo de vigencia de seis meses de las pruebas superadas para la obtención de autorizaciones para conducir vehículos que transportan mercancías peligrosas; y el plazo de seis meses entre convocatorias de un mismo expediente.