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Planificación> Impuestos 20 may 2024

Cómo funciona y cómo gestionar el IRPF como autónomo en España

Toda persona física que recibe una renta, normalmente por trabajar—ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia— debe pagar el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). La gestión y pago de este impuesto es algo que en ocasiones provoca quebraderos de cabeza a los trabajadores autónomos.

“Normalmente los trabajadores autónomos tienen más dificultades para cumplimentar su declaración de renta que un trabajador por cuenta ajena”, señalan desde el Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF). Esto ocurre, por una parte, porque los trabajadores autónomos —más de dos millones en España, según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social— "no pueden disfrutar de algunos los servicios de ayuda ofrecidos por la Agencia Tributaria durante la campaña de renta”, como por ejemplo el sistema de cita previa para confeccionar y presentar la declaración en las propias oficinas de la Agencia Tributaria.

Además, indican que a esto se suma en muchos casos “el desconocimiento de las normas fiscales que determinan qué partidas (gastos deducibles o deducciones de las que se pueden beneficiar) han de tenerse en cuenta para el cálculo del rendimiento neto de su actividad”.

Estas son algunas de las cosas que deben tener claras sobre el funcionamiento básico del IRPF para los autónomos:

Los regímenes de tributación

Existen tres regímenes de tributación para las actividades económicas en el IRPF, según el tipo de actividad y el volumen de negocio. El cálculo del rendimiento neto (lo que se utilizará finalmente para calcular el impuesto) varía en cada uno de los casos:

1. Estimación directa normal. Este régimen se aplica, según indican en la web de la Agencia Tributaria, “siempre que el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de todas tus actividades supere los 600.000 euros anuales en el año inmediato anterior o se renuncie a la modalidad simplificada del método de estimación directa.

El rendimiento neto se calcula en este régimen por diferencia entre ingresos y gastos. ¿Cómo se sabe si un gasto es fiscalmente deducible? Desde la Agencia Tributaria explican que se pueden deducir los gastos que “estén vinculados a la actividad económica desarrollada. Es decir, que sean propios de la actividad; que se encuentren convenientemente justificados; que se hallen registrados en la contabilidad o en los libros-registro que con carácter obligatorio deben llevar los contribuyentes que desarrollen actividades económicas”.

Son gastos fiscalmente deducibles:

  • compra de mercaderías,
  • sueldos y salarios,
  • cuotas a la Seguridad Social,
  • indemnizaciones,
  • arrendamientos,
  • gastos de reparaciones y conservación,
  • suministros (luz, agua, gas, telefonía e Internet),
  • servicios de profesionales independientes (abogados, asesores, notario),
  • primas de seguro,
  • gastos financieros,
  • tributos,
  • amortizaciones,
  • pérdidas por insolvencia de deudores.

2. Estimación directa simplificada. “Se aplica a los empresarios y profesionales cuyo volumen de negocio no supera los 600.000 euros anuales y que no tiene actividad en alguno de los otros dos regímenes”, señalan desde el Gabinete de Estudios de la AEDAF.

El cálculo del rendimiento neto es igual que en la estimación directa normal (ingresos menos gastos), aunque existen particularidades. Entre ellas, la deducción de un 7% en concepto de gastos de difícil justificación (esta deducción, sin embargo, no es compatible con la reducción para trabajadores autónomos económicamente dependientes o con único cliente no vinculado, según informan en la web de la Agencia Tributaria).

3. Estimación objetiva o módulos. La aplicación de este régimen está limitada a un listado de actividades que determina el Gobierno (agricultura, ganadería, pesca, comercio minorista, hostelería, peluquerías, taxis). Para poder tributar en este régimen, además, los ingresos anuales no deben superar unas cantidades determinadas, 250.000 euros en el caso de la agricultura y la ganadería y 150.000 en el caso del resto de las actividades.

¿Cómo se calcula el rendimiento neto en este régimen? Se deben aplicar los módulos que Hacienda asigna a cada actividad (número de trabajadores, potencia eléctrica instalada, superficie del local, metros lineales de barra) y, a la cifra resultante, “restarle unos coeficientes de rebaja (incentivos al empleo y la inversión) y una serie de índices correctores (inicio de actividad, población del municipio, duración de la temporada”, explican desde la AEDAF.

Cómo se paga el IRPF

Una vez determinado el régimen en el que se va a tributar, ¿cómo se va pagando el IRPF? Entran aquí las retenciones y pagos a cuenta, “las cantidades que el pagador de una renta, dineraria o en especie, detrae de la misma e ingresa en el Tesoro Público”, según define la propia Agencia Tributaria. Es decir, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, sus pagadores retendrán cada mes de su nómina un porcentaje que ingresarán en el Tesoro Público. Se trata de un anticipo de la cuota del impuesto que tendrán que pagar. En la declaración anual del IRPF, se hacen cuentas y, si les han retenido de más, les devolverán dinero y, si aún les queda por pagar, tendrán que ingresarlo.

El caso de los autónomos es algo más complejo, ya que normalmente no tienen un único pagador, sino muchos. Existen dos vías principales: a través de una retención en sus facturas y de un pago fraccionado trimestral. El tipo de retención del IRPF o porcentaje a aplicar en las facturas en 2024 es, con carácter general, el 15%, que es del 7% en el caso de los nuevos autónomos y los dedicados al arte y la cultura. El pagador de esa factura, es decir, el cliente, será en este caso quien ingrese ese porcentaje correspondiente en el Tesoro Público.

Si las facturas no llevan retención, la forma de ir pagando el impuesto antes de la declaración anual es distinta. Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas tienen que presentar pago fraccionado (modelo 130) siempre que más del 30% de la facturación sea sin retenciones, bien por ser a clientes particulares o a clientes con forma jurídica pero ubicados en otros países. La presentación de este modelo es trimestral y los plazos son los siguientes: los tres primeros trimestres, entre el día 1 y el 20 de los meses de abril, julio y octubre y, el cuarto trimestre entre el día 1 y el 30 del mes de enero del año siguiente. Si el vencimiento coincide con un día inhábil el plazo finalizará el primer día hábil siguiente.

Cómo funcionan los tramos del IRPF para autónomos

El IRPF es un impuesto progresivo, lo que significa que la cuota será mayor cuanto más dinero se gane. La tabla del impuesto para la declaración de 2023 es la siguiente (una estimación juntando gravamen estatal y autonómico):

  • Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
  • Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
  • Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
  • Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
  • Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
  • Más de 300.000 euros: retención del 47%.

Los contribuyentes, como explican en la web de La Moncloa, “no tributan por la totalidad de sus ingresos al tipo de retención más alto, sino que los porcentajes se van aplicando uno a uno, empezando por el inferior”. Es decir, si alguien ha obtenido unos ingresos brutos de 25.000, no pagará el 30% (7500 euros), sino que las retenciones se aplicarán tramo a tramo:

  • El 19% de 12.450 euros (2365,5 euros).
  • El 24% de los 7750 euros que van desde el primer al segundo tramo (1859,76).
  • El 30% de los 4800 euros de diferencia entre sus ganancias y el segundo tramo (1440 euros).
  • El total a pagar son 5.665,26 euros.